II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-5955)
Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de los Grupos III y IVA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 34486

b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la
documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos
establecidos en la convocatoria.
5.12 Contra los acuerdos y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden
directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el
procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de León en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en
su caso, publicación.
6.

Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer
aspirante cuyo apellido comience por la letra «Z» de conformidad con lo establecido en
la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones
Públicas y Atención al Ciudadano por la que se hace público el resultado del sorteo para
determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos
(BOCyL de 7 de febrero de 2023).
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros
del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación estará condicionada a
la finalización de dicha causa y a la superación de las fases que hayan quedado
aplazadas. El Tribunal valorará la duración de esta demora de manera que no se
menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso selectivo
ajustada a tiempos razonables; en todo caso, las fases aplazadas deberán realizarse
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado dicho proceso.
6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de León, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
6.5 De conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 de la Ley 7/2005, de 24
de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, el procedimiento selectivo deberá
resolverse en el plazo máximo de ocho meses, contados desde la publicación de la
resolución que eleve a definitivas las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el
tiempo máximo establecido sin que caiga resolución expresa.
7. Lista de aprobados y Bolsa de Trabajo
7.1 Una vez realizados los ejercicios de la Fase de Oposición, el Tribunal hará
pública, en la página web de la Universidad de León (https://www.unileon.es/actualidad/
convocatorias), la relación de aspirantes que hayan superado la misma, por el orden de
puntuación total obtenida, sumándose las calificaciones de los dos ejercicios superados.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en tal relación tendrán la consideración de no
aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
El número de aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de
plazas convocadas recogidas en el apartado 1.1, siendo de aplicación lo previsto en la
base 5.11.

cve: BOE-A-2024-5955
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Núm. 74