III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5969)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Bureau Veritas Inspección y Testing, SLU y Bureau Veritas Solutions Iberia, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Lunes 25 de marzo de 2024

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claramente definidos. Asimismo, ejercen supervisión directa de equipos que transmiten
los procedimientos, directrices y normativas previamente establecidos. Dan apoyo en la
consecución de los objetivos.
Titulación mínima requerida: Como criterio general se ubicarán aquellas posiciones
que requieran formación de título de Grado universitario o equivalente a un nivel 2
conforme MECES (Marco Español de Cualificación para la Educación Superior).
Grupo profesional 8:
Criterios generales: Se encuadran en este nivel aquellos puestos que planifican,
organizan, dirigen y coordinan las diversas actividades propias del desarrollo de negocio
y de la Empresa, toman decisiones o participan en su elaboración. Estas posiciones
gozan de un alto grado de autonomía para la consecución de los objetivos marcados por
la compañía. Son posiciones cuyas funciones comprenden la elaboración de la política
de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos
humanos y de los aspectos materiales, la orientación y, el control de las actividades de la
organización conforme al programa establecido o a la política adoptada.
Estas posiciones ejercen supervisión de equipos, bien directamente o a través de los
coordinadores. Definen las directrices y establecen objetivos, responsabilidades y
funciones de un modo claro y preciso, así como la evaluación, y desarrollo, de todos
ellos. Titulación mínima requerida: Como criterio general se ubicarán aquellas posiciones
que requieran formación de título de Master universitario o equivalente correspondiente a
un nivel 3 conforme MECES (Marco Español de Cualificación para la Educación
Superior).
21.3 Puesto de trabajo: Será el conjunto de tareas y funciones, más o menos
específico, relacionados con los objetivos, funciones y titulaciones mínimas requeridas,
como criterio general, asignadas a la persona trabajadora.
La asignación a cada puesto de trabajo se realizará tomando como referencia una
dedicación mínima del 50 % de las funciones del puesto de referencia durante los últimos
seis meses.
A continuación, se detallan los puestos englobados dentro de cada familia
profesional y, como criterio general pero no limitativo, las principales funciones para cada
uno de dichos puestos de trabajo (ver anexo I: Tabla de Clasificación Profesional y
descripción de puestos de trabajo).
Encuadramiento del personal.

1. El encuadramiento inicial de persona trabajadora en orden al grupo profesional,
se llevará a efecto por la dirección de la empresa, sin perjuicio de lo establecido en el
Estatuto de los Trabajadores, tomando como referencia las funciones habituales
desarrolladas por el/la trabajador/a.
2. Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho en el plazo de tres meses,
desde la fecha de la publicación del Convenio colectivo en el BOE, a formular las
reclamaciones que crean oportunas respecto a su encuadramiento. Transcurrido este
periodo, el encuadramiento será definitivo. En caso de tener que reclasificar a la persona
trabajadora en un grupo profesional diferente, al inicialmente asignado, se tomará como
referencia el salario inicial de la persona trabajadora, antes de la asignación al grupo
profesional inicial, y sin absorción de mejora voluntaria, y una vez reasignado al nuevo
grupo se procederán a rehacer dichos cálculos.
3. La interpretación de lo dispuesto corresponde en primera instancia a la Comisión
Paritaria, sin perjuicio de la competencia de organismos administrativos o contenciosos
en la materia.
21.5 Procedimiento de modificación, revisión y reclamación. Los puestos de trabajo
estarán siempre abiertos a posibles modificaciones por razones de mercado, técnicas y/u

cve: BOE-A-2024-5969
Verificable en https://www.boe.es

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