V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-10879)
Modificación de la Resolución de 15 de Noviembre de 2023 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y se declara, en concreto, la utilidad pública de los proyectos denominados: Nueva línea de media tensión a 25 kv entre los apoyos A539962 y el apoyo A536091 para cierre de las líneas denominadas "ENCINAS REALES" y "PALENCIANA", sito en parajes Tesorillo, Cerro de las Ánimas, Era Real, La Silera, Estacada del hospital, Campo Real y Huerta de las Cruces en el término municipal de Benamejí (córdoba), y se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas.
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 15942

(RBDA) viéndose afectadas por la modificación las parcelas 307 del polígono 6 y
las parcelas 334 y 317 del polígono 6 al producirse una variación en el trazado de
la línea.
CUARTO. La parcela 307 del polígono 6 queda afectada de la siguiente
manera:
Identificación Catastral: 14010A006003070000ER
a) Servidumbre de vuelo aéreo: de 62,91 m de longitud y con la constitución de
una servidumbre de paso de 891,79 m²
b) Pleno dominio: Apoyo de 1,904 m²
c) Ocupación temporal: 89,179 m² necesarios para la ejecución de la obra, con
indemnización de daños y perjuicios que se originen.
QUINTO. La parcela 334, polígono 6 queda afectada de la siguiente manera:
Identificación Catastral: 14010A006003340000ET
d) Servidumbre de vuelo aéreo: de 38,63 m de longitud con la constitución de
una servidumbre de paso de 910,76 m²
e) Pleno dominio: NO TIENE APOYOS.
f) Ocupación temporal: 91,076 m² necesarios para la ejecución de la obra, con
indemnización de daños y perjuicios que se originen.
SEXTO. La parcela 317, polígono 6 queda afectada de la siguiente manera:
Identificación Catastral: 14010A006003170000EZ
g) Servidumbre de vuelo aéreo: de 36,53 m de longitud con la constitución de
una servidumbre de paso de 960,07 m²
h) Pleno dominio: NO TIENE APOYOS.
i) Ocupación temporal: 96,007 m² necesarios para la ejecución de la obra, con
indemnización de daños y perjuicios que se originen.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Esta Delegación es competente para la tramitación y resolución del
presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás
concordantes, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el
Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con los Reales
Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4.164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso
de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas,
artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio sobre
Reestructuración de Consejerías, Decreto 163/2022, de 9 de agosto que establece
la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, que pasa a
denominarse Consejería de Industria, Energía y Minas en virtud del Decreto del

cve: BOE-B-2024-10879
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 74