III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2024-5864)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Avilés, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, Puertos del Estado, el Ayuntamiento de Avilés y Acciona Construcción, SA, para la articulación de usos de suelo en el entorno de la Cantera de El Estrellín, en la margen derecha de la ría de Avilés.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Sábado 23 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34124

Los terrenos entregados y las carreteras construidas sobre los mismos se transmiten
al Principado de Asturias en pleno dominio y libres de cargas y gravámenes, sin perjuicio
de aquellas limitaciones que existiesen con carácter previo a la ejecución de las
carreteras y que fuese necesario mantener, así como de aquellas nuevas que, previa
aprobación o autorización por el órgano receptor de los terrenos, fuese necesario
constituir por afectación de servicios, obras o figuras de similar naturaleza.
La contribución de Acciona Construcción, SA, al convenio mediante este compromiso
en materia de carreteras es gratuita en su totalidad sin que para el resto de las partes
firmantes conlleve contraprestación económica ni repercusión de coste alguno.
Novena. Cumplimiento del convenio y diligencia exigible.
De conformidad con lo establecido en los artículos 3.1.k) y 140 y siguientes de la
Ley 40/2015, de 1 de septiembre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en
el artículo 55 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y en coherencia con el espíritu de cooperación que preside este convenio, durante
el desarrollo del plan de actuación, y en general durante el periodo de vigencia del
convenio, las partes se atendrán a los principios de lealtad recíproca y de buena fe,
considerando y facilitando el desempeño de las competencias, funciones y actividades
de las otras partes, y prestándose asistencia mutua en caso necesario y dentro del
ámbito competencial de cada una.
El presente convenio tiene carácter obligatorio y ejecutivo y los compromisos
adquiridos por todas las partes tienen una eficacia real e inmediata, materializándose, en
cualquier caso, en la realización del trámite que corresponda a cada parte en el menor
tiempo posible para la culminación de las operaciones constructivas, urbanísticas o
medioambientales concernidas.
Décima.

Comisión de seguimiento.

1. Las partes acuerdan la creación de una Comisión como órgano para el
seguimiento del convenio, para la resolución de los conflictos que pudieran surgir en
torno a su interpretación, aplicación, ejecución y efectos, así como, en su caso, para
formular propuestas de modificación del presente convenio, de prórroga, así como de
medidas encaminadas a su cumplimiento.
2. Esta Comisión de seguimiento estará compuesta por cinco miembros:

3. La Autoridad Portuaria de Avilés ocupará, a través de la persona que designe al
efecto, la Presidencia de la Comisión, designando asimismo un técnico jurídico de su
organización que ejercerá las funciones de Secretario. Las partes se comprometen a
comunicar a la Presidencia, en el plazo de un mes desde la firma del presente convenio,
la persona que actuará como representante en la referida Comisión, con indicación de
sus direcciones de contacto.
4. Con carácter general, los acuerdos de la Comisión de seguimiento serán
adoptados por mayoría de votos, con el voto dirimente de su Presidente en caso de
empate.
5. El régimen jurídico de la Comisión se ajustará, en cuanto no esté previsto en la
presente cláusula y en lo que resultare de aplicación, a lo prevenido en el artículo 15 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o
normativa que la sustituya.

cve: BOE-A-2024-5864
Verificable en https://www.boe.es

a) Uno en representación del Gobierno del Principado de Asturias.
b) Uno en representación del Organismo Público Puertos del Estado.
c) Uno en representación de la Autoridad Portuaria de Avilés.
d) Uno en representación del Ayuntamiento de Avilés.
e) Uno en representación de Acciona Construcción, SA.