III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-5877)
Resolución de 14 de marzo de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Soria, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Sábado 23 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 34276

(Secopa) desarrollado por el primero, con el fin de obtener el dato de domicilio a los
efectos de la notificación al obligado tributario de las distintas actuaciones de liquidación,
gestión y recaudación, que le hayan sido delegadas por las entidades locales, en virtud
de lo establecido en el artículo 7 del TRLRHL.
Segunda.

Características del servicio web de consulta a la Base de Datos del Padrón.

El INE, en el marco establecido por este convenio, pondrá a disposición del Servicio
Provincial Tributario de la Diputación Provincial de Soria, el servicio web de consulta de
la Base de Datos del Padrón (Secopa) para el acceso por parte de los usuarios
autorizados del mismo, a través de la Plataforma de Intermediación de Datos (PID).
Las consultas se llevarán a cabo individualmente para cada procedimiento, siendo
necesario hacer constar para cada una su número de identificación y el motivo de
acceso a la base padronal, utilizando para ello los campos «Expediente» y «Finalidad».
Estos campos son los que permitirán llevar a cabo las tareas de control y la localización
de los expedientes en las auditorías que sobre cesión de datos se realicen.
Para realizar la consulta se podrán consignar los siguientes datos: DNI (o número
que lo sustituya para los extranjeros), apellidos, nombre y fecha de nacimiento,
devolviéndose por Secopa el domicilio en el que la persona aparece inscrita siempre que
exista una única inscripción en la base cuyos datos de identificación coincidan con los
datos de búsqueda introducidos. En el caso en que exista más de una inscripción o
ninguna con los criterios de búsqueda introducidos, se indicará mediante mensajes
específicos.

1. La gestión de usuarios y el control de accesos al servicio web de consulta de la
Base de Datos de Padrón por el Servicio Provincial Tributario de la Diputación Provincial
de Soria se regirá por las normas técnicas que se acuerden entre el INE y el Servicio
Provincial Tributario de la Diputación Provincial de Soria. El INE delega en el Servicio
Provincial Tributario de la Diputación Provincial de Soria la gestión de usuarios. El
Servicio Provincial Tributario de la Diputación Provincial de Soria deberá comunicar al
INE, a través de la PID, para su autorización, el nombre del procedimiento y aplicación
desde la que realizará el acceso, con el objeto de que, desde la aplicación del INE, se
pueda realizar el correspondiente control.
2. Sólo se podrá acceder a la Base de Datos del Padrón gestionado por el INE, en
virtud de petición fundada en la necesidad de conocer el domicilio del obligado tributario,
especificándose en la solicitud el número de expediente correspondiente al expediente
de los tributos o actuación de trascendencia tributaria, con el fin de probar que dicha
consulta de datos tiene razón en el ejercicio de competencias propias o delegadas a la
Diputación Provincial de Soria.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1.b) del Reglamento (UE)
2016/679 las Unidades del Servicio Provincial Tributario de la Diputación de Soria, que
tuvieran conocimiento de los datos del padrón, sólo podrán utilizar los mismos con la
finalidad señalada en el párrafo anterior, y no podrán aplicar dichos datos para otros fines.
4. Las irregularidades que sean detectadas por el INE, serán comunicadas al
Servicio Provincial Tributario de la Diputación Provincial de Soria para que lleve a cabo
las acciones pertinentes.
5. La llamada al servicio web de consulta de Datos Padronales deberá verificarse a
través de certificado electrónico reconocido o cualificado en los términos establecidos en
el capítulo V. Funcionamiento electrónico del sector público de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Esquema Nacional de
Seguridad, siguiendo las normas de integración de la PID.

cve: BOE-A-2024-5877
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Requisitos para acceder a la Base de Datos del Padrón Continuo del Instituto
Nacional de Estadística.