III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-5877)
Resolución de 14 de marzo de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Soria, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Sábado 23 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
5877

Resolución de 14 de marzo de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por
la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Soria, sobre el
acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.

Suscrito el Convenio entre la Diputación Provincial de Soria y el Instituto Nacional de
Estadística, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web
Secopa, en función de lo establecido en el punto 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de marzo de 2024.–La Presidenta del Instituto Nacional de Estadística,
Elena Manzanera Díaz.
ANEXO
Convenio entre la Diputación Provincial de Soria y el Instituto Nacional
de Estadística, sobre el acceso a la base padronal del INE a través
del servicio web Secopa
REUNIDOS
De una parte, don Benito Serrano Mata, Presidente de la Diputación Provincial de
Soria, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado con fecha 26 de julio
de 2023 según acto de constitución de la corporación y actuando de acuerdo con las
facultades que le atribuye el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Y de otra, don Carlos Javier Ballano Fernández, Director General de Planificación
Estadística y Procesos del Instituto Nacional de Estadística, nombrado mediante Real
Decreto 835/2022, de 5 de octubre, actuando en representación del citado instituto, de
conformidad con lo establecido en el apartado primero, punto 1.f), de la Resolución de 24
de octubre de 2022, de la Presidencia del INE, por la que se delegan competencias
(BOE núm. 259, de 28 de octubre).
Intervienen ambos en representación de las instituciones indicadas y con las
facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente
capacidad y legitimación para otorgar y firmar el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 106, párrafo 3.º, de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante LRBRL), es
competencia de las entidades locales la gestión, recaudación e inspección de sus
tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que puedan otorgar a favor de las
entidades locales de ámbito superior o de las respectivas comunidades autónomas, y de
las fórmulas de colaboración con otras entidades locales, con las comunidades
autónomas o con el Estado de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado.
Por otra parte, el artículo 2.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (en
adelante, TRLRHL), establece que para la cobranza de los tributos y de las cantidades

cve: BOE-A-2024-5877
Verificable en https://www.boe.es

Primero.