III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2024-5822)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se convoca el Premio Nacional de las Letras Españolas correspondiente a 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Viernes 22 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
5822

Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General del Libro, del
Cómic y de la Lectura, por la que se convoca el Premio Nacional de las
Letras Españolas correspondiente a 2024.

La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995 en la redacción
dada por la Orden CUD/580/2022, de 22 de junio que la modifica, establece, en su
apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente
por el Ministerio de Cultura, en distintas actividades culturales, entre los que se
encuentra el Premio Nacional de las Letras Españolas.
De otra, dentro de la Administración General del Estado, corresponde al Ministerio de
Cultura, la promoción, protección y difusión del libro, la lectura y la creación literaria,
según establece el artículo 15.1 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el
que se reestructuran los departamentos ministeriales. A su vez, la Dirección General del
Libro, del Cómic y de la Lectura, tiene atribuidas, entre otras, las funciones, relativas al
estudio y propuestas de actuaciones en relación con la industria editorial y del libro en
general y para la promoción y ayuda a la creación literaria, en particular, mediante
convocatoria y concesión de becas, premios y cualquier otro tipo de estímulos, de
conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, por lo que, y
al amparo de lo previsto en el apartado primero, en relación con los apartados noveno y
undécimo de la Orden de 22 de junio de 1995,
Esta Dirección General resuelve convocar el Premio Nacional de las Letras
Españolas correspondiente al año 2024, de conformidad con lo siguiente:
Primero.

Objeto y finalidad del premio.

El Premio Nacional de las Letras Españolas, correspondiente a 2024, tiene por objeto
reconocer el conjunto de la obra literaria de una autora o autor español, escrita en
cualquiera de las lenguas oficiales españolas, cuya obra esté considerada como parte
integrante del conjunto de la literatura española actual.
La finalidad que se persigue con este premio es doble. A la vez que se reconoce la
trascendencia de una autora o autor y de su obra literaria, se incide en la presencia de
lenguas diferentes en la configuración de la cultura española, integrada por una
pluralidad de aportaciones lingüísticas que representan, cada una de ellas, una tradición
literaria que forma parte de nuestro patrimonio cultural.
Dotación económica.

La dotación económica del Premio Nacional de las Letras Españolas es de 50.000
euros, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero, punto 1, de la Orden
de 22 de junio de 1995, en la redacción dada por la Orden CUD/580/2022, de 22 de junio
que la modifica. La cuantía económica del premio no podrá dividirse.
El importe del premio se satisfará con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.03.334B.481.18 «Para premios literarios de ámbito nacional».
Tercero.

Jurado.

1. El fallo del premio corresponderá a un jurado integrado por un número de
miembros no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona

cve: BOE-A-2024-5822
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.