III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-5813)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas, Graduados y Peritos Agrícolas de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Viernes 22 de marzo de 2024

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Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de
marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre la
Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones públicas,
fijando el marco al que deben sujetarse los convenios que, sobre esta materia, se
suscriban, sin perjuicio de la aplicación de las prescripciones de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero.
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas, Graduados y Peritos Agrícolas
de Aragón es una Corporación de Derecho Público con plena capacidad de obrar de
conformidad con el artículo 1 de sus Estatutos.
Cuarto.
Los Ingenieros Técnicos Agrícolas, Graduados y Peritos Agrícolas colegiados
disponen de información gráfica relativa a inmuebles situados en todo el territorio
nacional, obtenida por la realización de sus trabajos profesionales, que conllevan
información con trascendencia catastral. Precisan éstos, por contrapartida, disponer de
cartografía catastral digital permanentemente actualizada y georreferenciada para su uso
en la redacción de trabajos topográficos, proyectos, informes, tasaciones, dictámenes o
pruebas judiciales.
Quinto.
De indudable utilidad para el desarrollo de su actividad profesional es la suscripción
del presente convenio con la Dirección General del Catastro, que facilitará la obtención
electrónica de los datos catastrales precisos para la conclusión de sus trabajos
profesionales, lo que propiciará la mejora de las prestaciones a los ciudadanos,
agilizando dicha actuación y confiriéndole un mayor grado de fiabilidad, transparencia y
seguridad jurídica.
Asimismo, la asistencia a sus clientes en la confección y presentación de
declaraciones ante el Catastro contribuirá a facilitarles el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias.
Sexto.

Séptimo.
El presente convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
del Ministerio de Hacienda.

cve: BOE-A-2024-5813
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio se suscribe en el marco de colaboración establecido en el
convenio suscrito el 17 de marzo de 2021 entre la Dirección General del Catastro y el
Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas de España.