III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-5813)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas, Graduados y Peritos Agrícolas de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Viernes 22 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
5813

Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros
Técnicos Agrícolas, Graduados y Peritos Agrícolas de Aragón.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Agrícolas, Graduados y Peritos Agrícolas de Aragón, un convenio
de colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 18 de marzo de 2024.–El Director General del Catastro, P.S. (Real
Decreto 206/2024, de 27 de febrero), la Subdirectora General de Valoración e
Inspección, María Isabel García-Vaquero Soriano.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas, Graduados
y Peritos Agrícolas de Aragón, en materia de gestión catastral
En Madrid y Zaragoza, a catorce de marzo del año dos mil veinticuatro.
De una parte, doña María Isabel García-Vaquero Soriano, Subdirectora General de
Valoración e Inspección, por suplencia del Director General del Catastro (nombrado por
Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre), de conformidad con lo previsto en la
disposición adicional tercera del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, en el ejercicio de las
competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo decimoctavo de la
Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que
se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 31 de
diciembre de 2021).
De otra parte, Miguel Ángel Aguaviva Pérez, Presidente del Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Agrícolas, Graduados y Peritos Agrícolas de Aragón, nombrado por
la Asamblea General Ordinaria del Colegio, en fecha 29 de diciembre de 2022, que
ostenta la representación del colegio, en virtud del artículo 28 de sus Estatutos,
publicados en su última modificación por Orden PRI/1022/2023, de 27 de julio, de la
Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales de la Comunidad Autónoma de
Aragón (BOA de 8 de agosto).

Primero.
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.

cve: BOE-A-2024-5813
Verificable en https://www.boe.es

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