II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE IGUALDAD. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2024-5753)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 22 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 33607

– Un funcionario o funcionaria de la Subsecretaría, Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios, que actuará como Secretario o
Secretaria.
– Vocales: Un funcionario o funcionaria de la Subsecretaría, y un funcionario o
funcionaria del centro directivo donde radican los puestos de trabajo.
Asimismo, podrá formar parte de la Comisión de Valoración un miembro en
representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de
designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el
plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en
su opción.
Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a cuerpos o
escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados y, además, poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o
superior al de los puestos convocados, a tenor de lo establecido en el artículo 46 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz, pero sin voto, de
acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el
Órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el
acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo a la mayor brevedad a la
Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios del Ministerio de
Igualdad para proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga
conocimiento de la toma posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en
distinta Secretaría de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la
Ley 30/1984 de 2 de agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya
producido dicha comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano
convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las
posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas. Al listado de exclusiones se
le dará la publicidad suficiente que será, con carácter mínimo, su publicación en la
página web del Ministerio de Igualdad: https://www.igualdad.gob.es/servicios/
empleopublico/Paginas/index.aspx
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados

cve: BOE-A-2024-5753
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Núm. 72