III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-5815)
Resolución de 13 de marzo de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de modificación parcial del Convenio con la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Viernes 22 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 33843

acuerdo con la nueva normativa en materia de Seguridad Social, para lo cual formalizan
la presente adenda con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene por objeto modificar parcialmente el convenio para
prácticas externas (curriculares y extracurriculares) suscrito entre el MNCARS con la
Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (Consejería de
Ciencia, Universidades e Innovación).
Segunda.

Modificación parcial del convenio.

2.1 Se modifica el apartado C «Desarrollo de las prácticas externas»,
subapartado 7, de la cláusula segunda «Condiciones generales del convenio», quedando
redactado como sigue:
«7. El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social con respecto a
los estudiantes del programa de prácticas no remuneradas del MNCARS
corresponderá a la Comunidad de Madrid, que asumirá la condición de
empresario, es decir, como sujeto obligado y responsable en cuanto al alta y pago
de cotizaciones de los estudiantes con arreglo a las prescripciones y previsiones
fijadas por la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social (en la nueva redacción dada en el apartado 34
del artículo único del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas
urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la
brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del
sistema público de pensiones), y demás normativa vigente en materia de
Seguridad Social.»
2.2 Se incluye un nuevo apartado en la cláusula tercera del convenio
«Compromisos de la ESCRBC», quedando redactado como sigue:

2.3 Se modifica el apartado 2 de la cláusula cuarta del convenio «Compromisos del
MNCARS», quedando redactado como sigue:
«Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada
estudiante y de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor
académico de prácticas de la Escuela Superior de Conservación y Restauración
de Bienes Culturales el informe de aprovechamiento de las prácticas a su
finalización, en el que constará el tiempo de prácticas realizado, horas totales y su
contenido. El tutor informará a la Escuela Superior de Diseño, dentro de los cinco
primeros días del mes, los días efectivos de prácticas realizadas por los

cve: BOE-A-2024-5815
Verificable en https://www.boe.es

«8. La Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes
Culturales recabará del tutor académico los datos que a este le hayan sido
suministrados por el MNCARS al objeto de comunicar los días efectivos de
prácticas realizadas por los estudiantes a los efectos establecidos en el
apartado 4.b) de la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social (en la nueva redacción dada en el apartado 34
del artículo único del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas
urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la
brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del
sistema público de pensiones).»