I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. (BOE-A-2024-5722)
Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 239, "Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de "Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal", el modelo 235 de "Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables" y el modelo 236 de "Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Viernes 22 de marzo de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA
Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 239,
«Declaración de información de determinados mecanismos de planificación
fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes
sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de
elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras
extraterritoriales opacas» y se establecen las condiciones y el procedimiento
para su presentación, y se modifica la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril,
por la que se aprueba el modelo 234 de «Declaración de información de
determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal», el modelo
235 de «Declaración de información de actualización de determinados
mecanismos transfronterizos comercializables» y el modelo 236 de
«Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos
transfronterizos de planificación fiscal».

La Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, que modifica la
Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere al intercambio automático y obligatorio de
información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos
sujetos a comunicación de información (en adelante DAC 6), estableció la obligación de
comunicación de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.
La transposición de esta Directiva se encuentra en las disposiciones adicionales
vigésima tercera y vigésima cuarta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria (en adelante LGT), y en los artículos 45 a 49 bis del Reglamento General de
las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de
las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (en adelante RGAT). Como consecuencia de
estas modificaciones normativas se aprobó la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por
la que se aprueba el modelo 234 de «Declaración de información de determinados
mecanismos transfronterizos de planificación fiscal», el modelo 235 de «Declaración de
información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos
comercializables» y el modelo 236 de «Declaración de información de la utilización de
determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal».
La Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo
de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la
cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias, procede
a modificar en los apartados once y doce de su artículo único, las disposiciones adicionales
vigésima tercera y vigésima cuarta de la LGT. El objetivo de esta modificación es regular la
obligación de información sobre mecanismos transfronterizos de planificación fiscal a raíz de
la suscripción por parte de España del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes
sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del
Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas
y sus Normas tipo de comunicación obligatoria de información para abordar mecanismos de
elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras
extraterritoriales opacas en el seno de la OCDE, con el objeto de posibilitar que la
Administración tributaria española pueda disponer de la información necesaria para
proceder al intercambio de los mecanismos que eluden el Estándar común de comunicación
de información y las estructuras extraterritoriales opacas regulado por dicho acuerdo.
También se modifica el régimen de la obligación de información de determinados
mecanismos de planificación fiscal para adaptarse a la jurisprudencia del Tribunal de

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