III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-5697)
Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de conexión subfluvial del saneamiento general de las marismas de Santoña entre Laredo y Santoña (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de marzo de 2024

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En cuanto a las aguas subterráneas, la localidad de Santoña se ubica sobre la masa
denominada Alisa-Ramales, mientras que Laredo en la llamada Castro Urdiales, también
en buen estado según la planificación hidrológica.
El ámbito del proyecto coincide con las siguientes zonas protegidas de la
planificación hidrológica: zona sensible «Marismas de Santoña», declarada en aplicación
de las normas sobre tratamiento de las aguas residuales urbanas; zona protegida de
aguas subterráneas para abastecimiento: Alisas-Ramales y Castro Urdiales, declaradas
debido al riesgo de contaminación de la captación y/o la cantidad de población
abastecida; zonas de baño Playa de San Martín (Santoña) y Playa Salvé; y varias zonas
de protección de moluscos.
Las Marismas de Santoña se incluyen en la lista de humedales del Convenio Ramsar
y están consideradas Área Importante para la Conservación de las Aves (IBA). Así
mismo, las instalaciones proyectadas se encuentran dentro de los límites de los espacios
de la Red Natura 2000 Zona de especial conservación (ZEC) «Marismas de Santoña,
Victoria y Joyel» y Zona de especial protección para las aves (ZEPA) «Marismas de
Santoña, Victoria, Joyel y ría de Ajo». Finalmente, el ámbito de estudio se incluye en el
Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel, en la zona de uso limitado
del PORN.
La vegetación de la zona de estudio se encuentra desnaturalizada, consecuencia de
la presencia de las zonas urbanizadas de Santoña y Laredo. No ha sido detectada en
campo ninguna especie vegetal protegida. Las únicas formaciones forestales se
desarrollan en torno a la estación de bombeo del subfluvial de Santoña en las que
predominan encinas (Quercus ilex) y madroños (Arbutus unedo), junto a otras especies
arbustivas y herbáceas, y están catalogadas como HIC 9340 «Bosques de Quercus ilex
y Quercus rotundifolia», si bien solo presentan un 10 % de cobertura. En el Puntal de
Laredo se identifican el HIC 1140 «Llanos fangosos o arenosos no cubiertos de agua en
bajamar» y el HIC 2120 «Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria» y 2130
«Dunas costeras fijas con vegetación herbácea».
En torno a la playa de El Puntal, el promotor cita la presencia de la especie plumero
de la Pampa (Cortaderia selloana), incluida en el Catálogo Español de Especies Exóticas
Invasoras, de difícil erradicación y con alta capacidad para invadir riberas, zonas
fluviales, dunas, etc.
El documento ambiental relaciona las especies de fauna potencialmente presentes
según fuentes bibliográficas oficiales.
c) Características del potencial impacto
Efectos sobre la atmósfera y la población.
En la fase de construcción, el promotor contempla el aumento de sólidos y partículas
en suspensión, así como del nivel sonoro y las vibraciones por el funcionamiento de la
maquinaria y transporte de materiales y residuos por zona urbana. Son valorados como
compatibles, ya que pueden ser mitigados mediante la aplicación de medidas
preventivas. La calidad del aire y el nivel sonoro inicial se recuperarán de forma
inmediata tras el cese de las obras. También considera compatible la afección al tráfico
por movimiento de maquinaria de gran tonelaje para el transporte de materiales y
residuos entre la zona de obra y las zonas de acopios a través de zonas urbanizadas
debido a su carácter temporal.
Entre las medidas de la fase de obra recogidas en el documento ambiental, se
encuentran las siguientes: los camiones de transporte de material de consistencia
pulverulenta serán cubiertos con lona; riego periódico de las vías de acceso a la obra
desprovistas de capa asfáltica de rodadura; revisión y mantenimiento periódico de los
motores de combustión empleados en obra para asegurar el cumplimiento de los límites
de emisión de contaminantes y ruido de la normativa; programación adecuada de las
obras, proyectando las actuaciones más ruidosas de forma que no coincidan en el tiempo;
se evitarán los trabajos nocturnos, excepto los que pudieran realizarse en el interior de los

cve: BOE-A-2024-5697
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Núm. 71