II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2024-5637)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 33117

Los alumnos que no superen las pruebas desarrolladas en la Escuela de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social perderán la condición de funcionarios en
prácticas, no pudiendo realizar la segunda parte del curso selectivo.
III. Para los aspirantes que pertenezcan a la Escala de Titulados Medios del
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (letra H) tendrá una duración
máxima de 400 horas lectivas distribuidas en un máximo de tres meses. En el mismo, la
Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impartirá los conocimientos y
desarrollará la capacidad analítica de los aspirantes mediante el análisis de casos sobre
las siguientes áreas:
1. Economía y Contabilidad.
2. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo,
Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
4. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho
Sindical. Empleo y Extranjeros. Igualdad y Violencia de Género. Negociación y
mediación.
5. Seguridad Social.
Los alumnos realizarán las pruebas que determine la Dirección de la Escuela de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objeto de acreditar su suficiencia en las
distintas áreas del plan de estudios.
Los alumnos cuyas calificaciones no superen el 50 % de alguna de las áreas, podrán
realizar en un plazo máximo de un mes desde la comunicación de la calificación una
nueva prueba sobre las áreas no superadas, computando como nota definitiva del área
la más alta de las dos, no pudiendo superar, en ningún caso, la calificación a tener en
cuenta el 50 % como máximo.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en la Escuela de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Escuela de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen
durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho de ser nombrado funcionario de
carrera.
Las evaluaciones de estas pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social se calificarán de 0 a 160 puntos por el total de los módulos,
siendo necesario para superarlas obtener un mínimo de 80 puntos y no haber obtenido
en ningún área una puntuación inferior al 40 % de la máxima.
Las áreas se valorarán del siguiente modo:
1. Economía y Contabilidad: de 0 a 15 puntos.
2. Inspección y Procedimientos de actuación y negociación, Procedimiento
Sancionador, Procedimiento Laboral: de 0 a 25 puntos.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo,
Ergonomía y Psicosociología Aplicada: de 0 a 40 puntos.
4. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho
Sindical. Técnicas de Negociación y Mediación. Igualdad y Violencia de Género.
Negociación y mediación: de 0 a 40 puntos.
5. Seguridad Social: de 0 a 40 puntos.
Los alumnos que no superen las pruebas desarrolladas en la Escuela de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social perderán la condición de funcionarios en
prácticas, no pudiendo realizar la segunda parte del curso selectivo.
IV. Para los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración
Civil del Estado, a la Escala de Gestión de Empleo del INEM, así como todos aquellos
otros que perteneciendo a otro Cuerpo hubieran ingresado mediante convocatoria

cve: BOE-A-2024-5637
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Núm. 71