II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2024-5637)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de marzo de 2024

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nueva prueba sobre las áreas no superadas, computando como nota definitiva del área
la más alta de las dos obtenidas, no pudiendo superar, en ningún caso, la calificación a
tener en cuenta el 50 % como máximo.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en la Escuela de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Escuela de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen
durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho de ser nombrado funcionario de
carrera.
Las evaluaciones de estas pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social se calificarán de 0 a 160 puntos por el total de los módulos,
siendo necesarios para superarlas obtener un mínimo de 80 puntos y no haber obtenido
en ningún área una puntuación inferior al 40 % de la máxima.
Las áreas se valorarán del siguiente modo:
1. Economía y Contabilidad: de 0 a 15 puntos.
2. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral:
de 0 a 25 puntos.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo,
Ergonomía y Psicosociología Aplicada: de 0 a 40 puntos.
4. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho
Sindical. Empleo y Trabajo de Extranjeros. Igualdad y Violencia de Género. Negociación
y mediación: de 0 a 40 puntos.
5. Seguridad Social: de 0 a 40 puntos.
Los alumnos que no superen las pruebas desarrolladas en la Escuela de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social perderán la condición de funcionarios en
prácticas, no pudiendo realizar la segunda parte del curso selectivo.
B) La segunda parte consistirá en la realización de un supuesto práctico, sobre
temas y casos relacionados con el ejercicio de la actividad inspectora preparados en la
Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Durante la realización de este supuesto, que tendrá una duración máxima de cuatro
horas, los alumnos podrán utilizar los materiales en soporte papel o informático que les
facilitará la Escuela.
Habrá lectura pública posterior de este ejercicio.
La Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social valorará, junto al rigor
analítico y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos
pertinentemente incorporados al desarrollo del supuesto y la capacidad de relacionar los
mismos.
Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo
de 20 puntos.
Quienes no pudiesen realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con
posterioridad, debiendo realizarlo en la primera ocasión que dicho curso tenga lugar, una
vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial, intercalándose en el
lugar correspondiente según la puntuación obtenida.
Si durante el desarrollo del curso selectivo se produce la suspensión de las
actividades como consecuencia de la inactividad estacional, los periodos de disfrute de
vacaciones de los funcionarios en prácticas coincidirán con dichos periodos.
Calificación final del proceso selectivo:
1. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo. En caso de
empate el orden de prelación en el proceso selectivo se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. En caso de que persista la igualdad,

cve: BOE-A-2024-5637
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Núm. 71