II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2024-5637)
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024

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Para superar el cuarto ejercicio será necesario obtener en cada una de sus partes la
calificación mínima establecida en los apartados anteriores. La calificación del cuarto
ejercicio vendrá determinada por la puntuación de la primera parte del ejercicio.
4.

Calificación final de la fase de oposición.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones totales obtenidas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate el
orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio.
2. Caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el tercer
ejercicio.
3. Así sucesivamente con las puntuaciones obtenidas en la primera parte del cuarto
ejercicio, en el primer ejercicio y en la segunda parte del cuarto ejercicio.
5.

Conservación de las calificaciones.

A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen
algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del
mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando ésta sea análoga en el contenido y forma de calificación.
B)

Curso selectivo.

Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, una
vez nombrados por la autoridad convocante funcionarios en prácticas, deberán realizar y
superar un curso selectivo en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
que tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en
orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de sus funciones.
Corresponderá a la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la
dirección, organización, impartición y evaluación del curso selectivo, sin perjuicio de la
coordinación con la Dirección del Organismo Estatal.
La Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social elevará al
órgano convocante las evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean
incorporadas a la calificación final de las pruebas selectivas.
El curso selectivo constará de dos partes y tendrá el siguiente contenido:

1. Economía y Contabilidad.
2. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo,
Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
4. Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho
Sindical. Empleo y Trabajo de Extranjeros. Igualdad y Violencia de Género. Negociación
y mediación.
5. Seguridad Social.
Los alumnos realizarán las pruebas que determine la Dirección de la Escuela de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objeto de acreditar su suficiencia en las
distintas áreas del plan de estudios.
Los alumnos cuyas calificaciones no superen el 50 % de alguna de las áreas, podrán
realizar en un plazo máximo de un mes desde la comunicación de la calificación una

cve: BOE-A-2024-5637
Verificable en https://www.boe.es

A) La primera parte tendrá una duración máxima de 400 horas lectivas distribuidas
en un máximo de tres meses.
La Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impartirá los
conocimientos y desarrollará la capacidad analítica de los aspirantes mediante el análisis
de casos sobre las siguientes áreas: