I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Organización. (BOE-A-2024-5607)
Orden TES/260/2024, de 15 de marzo, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa única de Contratación del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024
Disposición adicional tercera.

Sec. I. Pág. 32984

Supresión de órganos.

1. Se suprimen la Junta de Contratación y la Mesa Única de Contratación del
Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como el Grupo para la planificación,
seguimiento y evaluación de la contratación del Ministerio de Trabajo y Economía Social,
creados por la Orden TES/1304/2020, de 31 de diciembre.
2. En el caso de suprimirse alguno de los órganos y unidades administrativas que
se citan en esta orden, como consecuencia de posteriores modificaciones en la
estructura orgánica del Departamento, las referencias que se hacen a los mismos se
entenderán realizadas a aquellos órganos y unidades administrativas que se creen en
sustitución de estos o que asuman sus competencias.

1. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera de
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, a los efectos de esta disposición transitoria, se
considera fecha de iniciación de los expedientes de contratación la de publicación de la
correspondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato. En el caso
de procedimientos negociados sin publicidad, para determinar el momento de iniciación
se tomará en cuenta la fecha de aprobación de los pliegos.
2. En los expedientes de contratación que pertenezcan exclusivamente al ámbito
de competencias del Ministerio de Trabajo y Economía Social que hubieran iniciado su
tramitación por la Junta de Contratación o con la intervención de la Mesa Única
de Contratación, creadas por la Orden TES/1304/2020, de 31 de diciembre, con
anterioridad a la constitución de los órganos colegiados creados por esta orden,
continuarán su tramitación por la Junta de Contratación o con la intervención de la Mesa
Única de Contratación reguladas en esta orden.
La tramitación de las cuestiones relativas a los efectos, cumplimiento y extinción,
incluida la modificación, duración y régimen de prórrogas de los contratos administrativos
adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden por la Junta
de Contratación o con la intervención de la Mesa Única de Contratación, creadas por
la Orden TES/1304/2020, de 31 de diciembre, que pertenezcan exclusivamente al ámbito
de competencias del Ministerio de Trabajo y Economía Social, se llevarán a cabo por
la Junta de Contratación o con la intervención de la Mesa Única de Contratación
reguladas en esta orden.
3. La tramitación de las cuestiones que pertenezcan exclusivamente al ámbito de
competencias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, relativas a los
efectos, cumplimiento y extinción, incluida la modificación, duración y régimen de
prórrogas de los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en
vigor de esta orden por la Junta de Contratación o con la intervención de la Mesa Única
de Contratación, creadas por la por la Orden ESS/249/2014, de 13 de febrero, se
llevarán a cabo por los órganos de contratación competentes del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones.
4. En el caso de los expedientes de contratación y los procedimientos que afecten
simultáneamente a los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, la competencia de los órganos colegiados en materia de
contratación del Ministerio de Trabajo y Economía Social regulados en esta orden se
determinará, en su caso, de acuerdo con lo dispuesto en los convenios o protocolos de
actuación a que se refiere el artículo 323.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
En defecto de acuerdos de colaboración o protocolos de actuación, los órganos
colegiados del Ministerio de Trabajo y Economía Social regulados en esta orden serán

cve: BOE-A-2024-5607
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Disposición transitoria única. Expedientes iniciados por la Junta de Contratación y con
la intervención de la Mesa Única de Contratación reguladas en la Orden
TES/1304/2020, de 31 de diciembre, por la que se crean y regulan la Junta de
Contratación y la Mesa Única de Contratación del Ministerio de Trabajo y Economía
Social.