III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Variedades comerciales de plantas. (BOE-A-2024-5692)
Orden APA/263/2024, de 14 de marzo, por la que se dispone la inclusión de diversas variedades de distintas especies en el Registro de Variedades Comerciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 33282

Especie: Pimiento
Inscripción definitiva:
20210030 C1006.
20200132 DAROCA.
20200332 SIBAC.
Especie: Remolacha azucarera
Inscripción definitiva:
20220017 PRIMOT SMART.
Especie: Soja
Inscripción definitiva:
20210462 ES BALTIMOR.
Especie: Sorgo
Inscripción definitiva:
20200374 KWS ARGUS.
20210357 KWS RUBINUS.
Especie: Tomate
Inscripción definitiva:
20210226 ALEGRETTO.
20210144 ANOTATO.
20210147 SINGULAR.
20210146 UNIARCO.
ANEXO II
Requisitos que debe cumplir el Plan de Seguimiento que llevarán a cabo los
solicitantes de las variedades modificadas genéticamente, que contienen
la modificación genética MON 810

Asimismo, se deberá proporcionar la información referida en el párrafo anterior a las
Comunidades Autónomas en el ámbito de su territorio.
3. El Plan de Seguimiento deberá contener, al menos, los siguientes aspectos:
a) Evaluación de la efectividad del carácter insecticida de la modificación
introducida en estas variedades.

cve: BOE-A-2024-5692
Verificable en https://www.boe.es

1. El Plan de Seguimiento tendrá una duración mínima de cinco años y deberá
presentarse antes de que finalice el periodo de dos meses a contar desde la fecha de
publicación de esta orden.
2. Suministrar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y al Consejo
Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente, al final de cada campaña de
siembra, y en todo caso, antes del 30 de julio de cada año, los datos a nivel nacional de
ventas de semilla de cada variedad por localidades, incluyendo listado de compradores.