I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Organización. (BOE-A-2024-5611)
Ley 14/2023, de 20 de diciembre, por la que se crea la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD DE MADRID
5611

Ley 14/2023, de 20 de diciembre, por la que se crea la Agencia de
Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente ley, que yo, en
nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO

La sociedad de la información se configura como una plataforma global para la libre
circulación de la información, las ideas y el conocimiento, y los poderes públicos
apuestan claramente por su implantación, utilizando cada día más las herramientas tech
que tanto las administraciones como los prestadores de servicios ponen a su disposición.
El uso cotidiano de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y el
tratamiento que realizan de la información las convierten en elementos esenciales para
el actual desarrollo económico y la convivencia social.
Por todo ello, la ciberseguridad se ha convertido en un tema de importancia
estratégica en nuestra sociedad, y la Comunidad de Madrid, como uno de los centros
económicos y tecnológicos más destacados de España y Europa, debe reforzar y
aumentar sus capacidades de ciberseguridad para mejorar la protección de todas sus
instituciones y de sus ciudadanos.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, la consagración del derecho del
ciudadano a comunicarse con ellas a través de medios electrónicos comporta una
obligación correlativa de las mismas, como es la de crear las condiciones necesarias para
optimizar el correcto funcionamiento de las infraestructuras esenciales en su relación con
los ciudadanos.
Reforzar la ciberseguridad en todas las administraciones en Europa, España y
también en la Comunidad de Madrid frente a las ciberamenazas, no sólo es un mandato
recogido por la normativa europea, sino que es necesario para garantizar que todos los
ciudadanos y empresas puedan beneficiarse plenamente de servicios y herramientas
digitales seguros y fiables.
La Comunidad de Madrid alberga operadores e infraestructuras críticas que son
vitales, incluyendo, entre otros, sistemas de transporte, energía, sanidad, agua y centros
financieros. Una eventual deficiente gestión de riesgos de ciberseguridad por parte de los
operadores que gestionan estas infraestructuras aumentaría su vulnerabilidad ante
posibles ciberataques, propios o de terceros que componen su cadena de suministro, que
pueden interrumpir el normal funcionamiento de servicios esenciales y minar la credibilidad
y la imagen de nuestra región, cada vez más interconectada y abierta al mundo.
Para dar respuesta a estas necesidades, es preciso un organismo que, en el ámbito
de competencias de la Comunidad de Madrid con una clara vocación de coordinación
con similares organismos autonómicos, nacionales y europeos, vele por el cumplimiento
de las funciones del servicio público de ciberseguridad y permita impulsar una cultura de
la ciberseguridad que incremente el nivel de seguridad de las redes y los sistemas de
información en la Comunidad de Madrid, incluyendo las Administraciones Públicas y
empresas, PYMES y ciudadanos, en la estricta medida en que sea necesario para la
relación por medios electrónicos con la Administración. Sus funciones deben basarse en
la implantación de medidas de prevención, detección y respuesta sobre la infraestructura

cve: BOE-A-2024-5611
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