V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-10171)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 15 de marzo de 2024, del tramo de costa de unos mil quinientos sesenta y cuatro (1.564) metros de longitud, en cala Tirant, en el término municipal de Es Mercadal, Isla de Menorca (Illes Balears).Refª. DES01/06/07/0006-DES09/03.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71

Jueves 21 de marzo de 2024

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marítimo-terrestre.
5) Por tanto, la delimitación de los bienes de dominio público marítimo-terrestre
que se define en este expediente de deslinde, se ajusta a los criterios establecidos
en la Ley 22/1988, de 28 de julio, figurando en el mismo la documentación técnica
necesaria que justifica la citada delimitación y sin que las alegaciones o pruebas
presentadas por algunos de los interesados hayan desvirtuado la citada
delimitación.
6) Respecto a los efectos de la aprobación del deslinde referido, son los
previstos en la Ley 22/1988, de 28 de julio, que consisten, sustancialmente, en la
declaración de posesión y titularidad dominical a favor del Estado de los bienes
deslindados, y rectificación en la forma y condiciones determinadas
reglamentariamente de las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el
deslinde aprobado, por lo que procede que por el Servicio Periférico de Costas
instructor del expediente, se realicen las actuaciones correspondientes en dicho
sentido.
7) Sobre la existencia de posibles derechos de particulares que hayan quedado
afectados por este deslinde, cabe manifestar que está prevista su transformación
en derechos de uso en las disposiciones transitorias de la Ley 22/1988, de 28 de
julio.
Por todo lo anterior,
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del
tramo de costa de unos mil quinientos sesenta y cuatro (1.564) metros de longitud,
en cala Tirant, entre los vértices 769h-778f del deslinde aprobado por O.M. de 20
de febrero de 2009, en el término municipal de Es Mercadal, Isla de Menorca (Illes
Balears), según se define en los planos fechados el 25 de octubre de 2023 y
suscritos por la Jefa de Servicio de Gestión de dominio público y la Jefa de la
Demarcación de Costas en Illes Balears.
II) Ordenar a la Demarcación de Costas en Illes Balears que inicie las
actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales
contradictorias con el deslinde aprobado.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los
interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes
ante la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico o,
directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el

cve: BOE-B-2024-10171
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III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a
aquellos titulares de terrenos incluidos en el dominio público marítimo-terrestre,
que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la
disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio.