III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-5589)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque en el puerto de San Cibrao.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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e. Haber formado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre el desempeño de
su trabajo en condiciones de seguridad y salud.
f. Poner a disposición de los trabajadores equipos de trabajo que cumplan la
legislación que les son de aplicación.
g. Poner a disposición de los trabajadores sustancias y preparados envasados y
etiquetados conforme a la legislación aplicable.
h. Poner a disposición de los trabajadores equipos de protección individual
adecuados y con arreglo a la reglamentación vigente.
i. Satisfacer la obligación legal en cuanto a la acreditación de la aptitud médica de
los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo.
j. Establecer los adecuados medios de coordinación con la Autoridad Portuaria y/o
con otras empresas/trabajadores autónomos que puedan desarrollar tareas en el centro
de trabajo durante la prestación del servicio, de acuerdo con el Real Decreto 171/2004.
En el caso que sea necesaria la designación, por parte del prestador, de una persona
encargada de la coordinación de las actividades empresariales esta deberá disponer de
una formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones de nivel básico.
k. Disponer de la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos
necesarios cuando se dé alguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 4 del
artículo 32 bis de la LPRL (introducido por Ley 54/2003), sin menoscabo de lo señalado
en el punto j. anterior.
l. Compromiso por parte del prestador de que en caso de que se decida
subcontratar alguna parte de la actividad comprendida en el servicio, requerirá de la
subcontrata la misma documentación que la reflejada en los puntos anteriores y que será
entregada a la Autoridad Portuaria.
m. Establecer los adecuados medios de comunicación y de coordinación con la
Autoridad Portuaria para garantizar una respuesta eficaz ante las situaciones de
emergencia.
....................................., .......... de ........................ de 20........
Firmado.
ANEXO IV
Sobre el tratamiento de datos de carácter personal

ANEXO V
Modelo de cesión de datos personales del solicitante a la Autoridad Portuaria
D./D.ª ........................................, mayor de edad, con domicilio en la
calle .......................... número .............., población ............................, código
postal .................., con DNI/NIE ..........................., del cual adjunto fotocopia, mediante
este escrito manifiesto la voluntad de ceder mis datos personales, de conformidad con el
artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos

cve: BOE-A-2024-5589
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Autoridad
Portuaria de Ferrol-San Cibrao (en adelante, Autoridad Portuaria), con domicilio social en
Muelle Curuxeiras, s/n, 15401 Ferrol informa al interesado de que los datos personales
que en su caso sean recogidos a través de la presentación de la documentación
requerida para el otorgamiento de una licencia para la prestación del servicio portuario
objeto de las presentes prescripciones particulares serán objeto de tratamiento,
automatizado o no, bajo la responsabilidad de la Autoridad Portuaria.
La Política de Privacidad de la Autoridad Portuaria se encuentra disponible en la
Sede Electrónica de la entidad: https://sede.apfsc.gob.es/.