III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-5596)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "El Refugio" de 125 MWp, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Fuensalida, Santa Cruz del Retamar, La Torre de Esteban Hambrán y Méntrida (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de marzo de 2024
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Listado de medidas preventivas, correctoras y compensatorias a incluir en la posible
resolución

El promotor, ante este último informe de la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, vuelve a defender la
viabilidad ambiental del proyecto, que respetaría el hábitat del águila imperial ibérica y su
área de cazadero, y rechaza la eliminación de los módulos propuestos por inviabilidad
económica. Respecto a las demás medidas propuestas, el promotor manifiesta su
aceptación, incluyendo el soterramiento de parte de la línea de evacuación.
Por su parte, la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha informa que si el proyecto no se adapta a la totalidad de las
modificaciones solicitadas por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, no es posible compensar la elevada
pérdida de hábitat para las parejas territoriales de águila imperial afectadas o para
ejemplares de otras especies abundantes en la zona (buitre negro, milano real, etc.).
Durante el segundo trámite de información pública, la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Natural de la Comunidad de Madrid, en un primer informe,
indica que, teniendo en cuenta el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Fauna
y Flora Silvestres, se tiene constancia de la existencia de elementos críticos de especies
protegidas en zonas próximas a la zona de actuación (milano real, águila imperial, águila
culebrera, águila calzada, carraca, milano real, búho real y lechuza campestre, etc.).
Dicho organismo señala que en el lugar donde la línea cruza el término municipal de
Villamanta a Navalcarnero se tiene constancia de dos puntos de nidificación de águila
imperial, uno a cada lado de la línea, a una distancia de 1 y 2 km., por lo que se
considera que esta línea atraviesa un área de campeo y alimentación de esta especie.
Por otra parte, en la misma zona, constan avistamientos de otras especies de avifauna
catalogada, tal y como se indica en el estudio de fauna. La línea atraviesa un territorio de
alto valor natural y el dinamismo de la fauna silvestre obligan a una valoración particular
de esta cuestión. Por otro lado, con respecto a la superficie de hábitat estepario a
compensar por parte del promotor alrededor de la LASAT SET Colectora Méntrida - SET
Villaviciosa estimado en 86,33 ha.; se admiten como válidos estos cálculos realizados
por parte del promotor. En dicho informe también se señala que el promotor indica que
va a utilizar dos tipos de salvapájaros (BATGR y tipo espiral) como medida anticolisión;
instando al promotor a que utilice el modelo de triple aspa o tipo BAGTR, que se han
demostrado más eficaces para aves esteparias y crepusculares.
El promotor matiza que, respecto a los nidos en el entorno donde la línea cruza el
término de Villamanta a Navalcarnero, se tiene constancia de la presencia de parejas de
águila imperial ibérica y su nidificación en estas zonas. No obstante, advierte el promotor,
todo el tramo aéreo de la línea de evacuación transcurre paralelo a una línea de alta
tensión de REE reduciendo de esa forma los impactos que se generan. Con respecto a
las medidas anticolisión y antielectrocución, el promotor indica que utilizará salvapájaros
de tipo BAGTR, según lo dispuesto por la citada Dirección General. Por último, acepta
todos los condicionantes expuestos por ese organismo.
La SEO/BirdLife advierte que la zona presenta una elevada importancia ornitológica,
en una localización con áreas sensibles recogidas en el Plan de Recuperación del águila
imperial ibérica y en el Plan de Conservación del buitre negro, además, existe constancia
de un importante número de especies de aves incluidas en el Anexo I de la
Directiva 2009/147/CE, así como en el LESPRE y CEEA. Se indica que la SET Colectora
Méntrida afectaría a una pareja de águila imperial ibérica, con dos nidos en el entorno,
uno de ellos a 1.600 m de distancia de la SET. También existe un dormidero invernal de
milano real a menos de 500 m de dicha SET y un nido de una pareja de milano a 500 m.
La LASAT transcurriría por las inmediaciones de los nidos y territorios reproductores de 3
parejas de águila imperial ibérica. La LASAT discurre sobre un bosque de ribera situado
en el arroyo de «Las Juntas» donde se forma un importante dormidero invernal de
milano real. Asimismo, esta línea se sitúa en la zona norte de un área de reproducción
de sisón común. Por último, la línea eléctrica discurriría en aéreo a 1.100 m, de distancia

cve: BOE-A-2024-5596
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Núm. 70