III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-5596)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "El Refugio" de 125 MWp, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Fuensalida, Santa Cruz del Retamar, La Torre de Esteban Hambrán y Méntrida (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de marzo de 2024

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del tránsito de vehículos por las obras, se podría prever un aumento considerable en el
riesgo de atropello de animales terrestres.
Durante el funcionamiento, los impactos sobre el factor fauna están relacionados con
la posible mortandad derivada del funcionamiento del tendido eléctrico proyectado a
consecuencia de colisiones con el cableado y/o electrocuciones en los apoyos, así como
con la pérdida de hábitat por la ocupación de la instalación.
Como medidas preventivas, el EsIA señala que, además de las propuestas para la
vegetación, de forma previa a las obras, se procurará minimizar las molestias a la fauna
y la alteración de sus hábitats mediante la delimitación de trabajos en zonas previamente
establecidas, la implantación de restricciones temporales de trabajos, la limitación de la
velocidad de circulación de vehículos y la instalación de un vallado perimetral acústico o
antirruidos. Durante la fase de explotación, se han propuesto medidas para minimizar el
riesgo de colisión como la instalación de elementos salvapájaros en el tramo aéreo de la
LASAT, limitación de velocidad de los vehículos para evitar atropellos, vallados
permeables para la fauna de tamaño pequeño y mediano, y medidas para minimizar el
riesgo de electrocución como el aislamiento y distancia entre conductores.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, en un primer informe de abril de 2022, indica que los impactos
globales previsibles van de severos a críticos, en función de las especies afectadas,
afectando negativamente a la conservación de las poblaciones de especies protegidas.
Según la citada Dirección General, la PSF El Refugio supone la alteración directa del
hábitat de reproducción/alimentación del águila imperial (3 territorios afectados, con un
nido a 250 m y otros 2 a menos de 1.500 m del vallado de las plantas, los cuales el
promotor no ha tenido debidamente en cuenta en el EsIA). Afecta también al hábitat de
sisón y aguiluchos cenizo y pálido, con un impacto sobre sus poblaciones en claro
declive a nivel local/comarcal, que no puede ser compensado, siendo preferible el
mantenimiento del hábitat en su situación actual de alta calidad a «buscar» otras zonas
marginales donde «recuperarlo». La LAAT de 220 kV (hasta SET Méntrida) se sitúa a
menos de 1,5 km de otros 4 nidos de águila imperial y produce un efecto barrera que
conlleva la fragmentación del hábitat, incrementando el riesgo de mortalidad por colisión
y la alteración del paisaje. Además, las sinergias con otros proyectos y el impacto sobre
el hábitat no han sido adecuadamente evaluadas, por lo que los impactos negativos han
sido muy infravalorados.
El promotor contesta cuestionando que el proyecto cause efectos severos o críticos
sobre la fauna en general y sobre el águila imperial en particular. Incide en que,
actualmente, no existe ningún nido activo a 250 m de la PSFV, como informa dicho
organismo, lo que ha quedado constatado con visitas en abril del 2022. Con respecto a
la LAAT, únicamente hay un nido a menos de 1.500 metros de su traza, por lo que la
afección es inferior y compatible con la presencia de la línea, que contará con las
pertinentes medidas anticolisión y anti-electrocución. El efecto barrera derivado de la
presencia de la línea, asimismo, es cuestionado, ya que, según los resultados de los
censos de águila imperial en Castilla- La Mancha, hay 178 parejas en total, con la
cantidad de líneas aéreas existentes en el entorno. El promotor concluye que el proyecto
se ha diseñado de una manera ambientalmente compatible con el medio, con la
aplicación de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias propuestas,
aportando un nuevo estudio de sinergias actualizado durante la tramitación.
El segundo informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
Castilla-La Mancha, fechado en julio de 2022, se reafirma en su primer informe. Indica
que el entorno del nido y de las zonas de alimentación de la pareja reproductora podría
ser considerado como área crítica para el águila imperial en los términos del Plan de
Recuperación de la especie (Decreto 275/2003). El organismo señala que las referencias
del promotor sobre el águila imperial son incompletas. al basarse en una temporada de
cría y que la información aportada en el estudio de fauna no permite sustentar las
afirmaciones del promotor. El estudio no cita la presencia de un nido a 280 m de las
instalaciones, ocupado en 2018, aunque en los siguientes años, la pareja se haya

cve: BOE-A-2024-5596
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Núm. 70