III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-5604)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se
entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.
En aquellos casos en que la práctica realizada genere un producto susceptible de
propiedad intelectual, salvo acuerdo particular entre las diferentes Partes (Universidad,
Estudiante y la Entidad Colaboradora) se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.
En todo caso se respetarán los derechos morales del autor/a o autores/as del
trabajo, tales como el reconocimiento de autoría que a efectos académicos requiere la
presentación, defensa y depósito en los repositorios de la Universidad para estos
trabajos.
Novena.

Confidencialidad.

En el caso de que Red.es entendiese necesario obtener un compromiso escrito del
estudiante que puntualice alguna de las materias ya reguladas en el presente convenio,
la Universidad conocerá el texto con antelación, de tal modo que carece de validez el
compromiso obtenido del estudiante sin supervisión y aceptación por la Universidad.
Décima. Ayudas al estudio.
De conformidad con lo establecido en el apartado 7 del Real decreto 592/2014, de 11
de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, el presente convenio cuenta por parte de Red.es con la disponibilidad
presupuestaria necesaria para el abono al estudiante de una cuantía en concepto de
bolsa o ayuda al estudio.
La cuantía fijada por la Entidad en concepto de bolsa o ayuda al estudio actualmente
es de 488 euros brutos, en el caso de estudiantes de Grado y de 500 euros brutos en el
caso de estudiantes de Master, para una beca con una dedicación de 25 horas
semanales. Si bien, en el caso de que la dedicación sea superior o inferior será
prorrateada.
El abono de la ayuda al estudio corresponderá a Red.es, asumiendo también los
costes que, en su caso, establezca la legislación vigente en materia de Seguridad Social.
Dado el carácter exclusivamente formativo de las prácticas académicas externas, no
se establece entre Red.es y el estudiante ninguna relación contractual de clase
mercantil, civil o laboral, al no concurrir los requisitos que exigen las leyes. En este
sentido, la realización de las prácticas no dará lugar a la sustitución de ningún puesto de
trabajo de la entidad.
Asimismo, el periodo formativo no se considerará mérito para el acceso a la función
pública ni podrá computarse a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios
previos en el conjunto de la Administración Pública. De igual modo, el tiempo de
prácticas no eximirá del periodo de prueba, salvo que en el oportuno convenio colectivo
aplicable estuviera expresamente estipulado algo distinto.
Vigencia.

El presente convenio tendrá una duración de cuatro años, con posibilidad de una
prórroga expresa, antes del vencimiento del plazo, por cuatro años más y resultará eficaz
una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima
de la ley 40/2015 de 1 de octubre. Asimismo, una vez inscrito, se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, de
conformidad con lo establecido en el art 48.8 de la citada Ley 40/2015.
La prórroga se formalizará por escrito mediante una adenda al convenio, con tres
meses de antelación a la finalización del plazo de vigencia. La duración total del
convenio, incluida la prórroga, no excederá en ningún caso de los ocho años.

cve: BOE-A-2024-5604
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.