III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-5576)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Córdoba n.º 3 a inscribir la adjudicación de herencia a favor del Estado como heredero intestado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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Una ver verificado dicho trámite, en el expediente administrativo se concluye que no
se ha acreditado la existencia de parientes con mejor derecho, por lo que procede la
declaración del Estado como heredero abistestato de doña L. C. V. R.
La pretensión expresada por la registradora de exigir una cumplida acreditación de la
inexistencia de esos parientes, aparte de implicar una prueba casi diabólica de hechos
negativos, supone revisar el fondo de la decisión administrativa, cuestión vedada a la
calificación registral y que solo es revisable en la vía judicial.
Esta Dirección General ha acordado estimar el recurso y revocar la nota de
calificación.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-5576
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 28 de febrero de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X