III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-5574)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Zafra a inscribir una escritura de liquidación de sociedad de gananciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5574

Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Zafra a inscribir una escritura de liquidación
de sociedad de gananciales.

En el recurso interpuesto por don Carlos Duro Fernández, notario de Los Santos de
Maimona, contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Zafra, doña María
José Mateo Vera, a inscribir una escritura de liquidación de sociedad de gananciales.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 7 de septiembre de 2023 por el notario de Los
Santos de Maimona, don Carlos Duro Fernández, con el número 673 de protocolo, se
formalizó la liquidación de la sociedad de gananciales, disuelta por divorcio en el
año 2021, que había existido entre don F. J. S. R. y doña M. D. F. H., de modo que se
inventaría como bien ganancial, entre otros, una vivienda que tiene como anejo un
trastero.
En la escritura acordaban, entre otras, las siguientes adjudicaciones:
A doña M. D. F. H.:
«– Derecho de usufructo vitalicio que en este acto constituyen los otorgantes, en su
favor, sobre el trastero que ha quedado descrito y que forma parte de la finca
inventariada al número 1, por valor de (…) euros (…)
– Una cuota o participación indivisa del trece por ciento (13 %) de la finca urbana
inventariada al número 1, gravada con el derecho de usufructo constituido, por valor de
(…) euros (…).»
A don F. J. S. R.
«– Una cuota o participación indivisa del ochenta y siete por ciento (87 %) de la finca
urbana inventariada al número 1, gravada con el derecho de usufructo constituido, por
valor de (…) euros (…).»
II

«Calificado el precedente documento, tras examinar los antecedentes del Registro, el
Registrador que suscribe ha practicado la inscripción de la finca registral (…)
Se suspende la inscripción solicitada respecto de la finca inventariada al número uno
registral 10127 de Zafra, al ser confusa la adjudicación de la misma, al no reseñarse el
derecho a que se refieren los porcentajes adjudicados a cada uno de los
comparecientes. (Cuota de participación indivisa del 13 % y del 87 % de la finca
inventariada bajo el número uno, gravada con el derecho de usufructo vitalicio del anejo
de la finca –trastero– se adjudica a Doña M. D. F. H.). Trastero que al estar configurado

cve: BOE-A-2024-5574
Verificable en https://www.boe.es

Presentada copia autorizada de la referida escritura en el Registro de la Propiedad
de Zafra, fue objeto de la siguiente nota de calificación negativa: