III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-5572)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Mancha Real, por la que se suspende la inscripción de una instancia solicitando rectificación de asientos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5572

Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de Mancha Real, por la que se suspende la
inscripción de una instancia solicitando rectificación de asientos.

En el recurso interpuesto por don S. M. A. G. contra la calificación de la registradora
de la Propiedad de Mancha Real, doña Aurora María Barranco Aguayo, por la que se
suspende la inscripción de una instancia solicitando rectificación de asientos.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita el día 8 de noviembre de 2023 por don S. M. A. G., se
exponía que en la herencia de su madre, otorgada el día 1 de septiembre de 2005,
quedaron pendientes de adjudicar las fincas registrales número 9.745 y 9.777 del
Registro de la Propiedad de Mancha Real e inscritas a nombre de su madre por título de
compra, «sin llegar a prejuzgarse la naturaleza ganancial o parafernal por no justificarse
la procedencia del dinero». El escrito tenía como finalidad acreditar y demostrar
fehacientemente que las citadas fincas fueron adquiridas con dinero privativo de la titular
procedente de la venta de bienes privativos de su propiedad, lo que justificaba con una
serie de documentos públicos que se adjuntaban a la instancia, y solicitaba que se
inscribieran esas fincas como privativas.
II
Presentada el día 10 de noviembre de 2023 la referida instancia en el Registro de la
Propiedad de Mancha Real, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

El Registrador de la Propiedad que suscribe, quien bajo su responsabilidad, ha de
resolver acerca de la legalidad de sus formas extrínsecas, la capacidad de los otorgantes
y la validez de los actos contenidos en los mismos, de conformidad con lo establecido en
los artículos 18 y 19 de la Ley Hipotecaria y 98 a 100 del Reglamento para su ejecución,
ha dictado la siguiente nota de calificación, en base a los siguientes hechos y
fundamentos de derecho:
Hechos:
1.º) El documento calificado, otorgado en ..., ante el Notario don/ña, el
día 08/11/2023, bajo el número/de protocolo, que tuvo entrada en este Registro el
día 10/11/2023, a las 11:30:00, con número de entrada 2289, y que motivó el Asiento 981
del Diario 146, presentado por don/ña A. G., S. M.

cve: BOE-A-2024-5572
Verificable en https://www.boe.es

«Entrada: 2289.
Asiento de presentación: 981 del Diario 146.
Presentado: diez de noviembre del año dos mil veintitrés.
Presentante: A. G. S. M.
Naturaleza: instancia privada.
Objeto: justificación privatividad del precio de adquisición.