I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-5481)
Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

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aunque su creación se haya efectuado mediante real decreto o acuerdo del Consejo de
Ministros. La disposición final segunda, tercera y cuarta se refieren respectivamente a las
facultades de desarrollo y ejecución, a las modificaciones presupuestarias y a la entrada
en vigor de este real decreto.
Este real decreto se adecúa a los principios de buena regulación: necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, conforme a los
cuales deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, según establece el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Así, el real decreto atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica
básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, siendo la regulación
prevista eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito, sin afectar en
forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a dotar de
mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Ministerio de Política
Territorial y Memoria Democrática, al adecuar aquella a la estructura de órganos
directivos actualmente existente. Cumple también con el principio de transparencia, al
quedar claramente identificados los objetivos que persigue el real decreto. Finalmente,
es también adecuado al principio de eficiencia, ya que no impone cargas administrativas
y el gasto público previsto es el estrictamente necesario para el cumplimiento de los
objetivos de la norma.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, a
propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de marzo de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1.

Organización general del Departamento.

1. El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática es el Departamento de
la Administración General del Estado al que le corresponde la propuesta y ejecución de
la política del Gobierno en materia de relaciones y cooperación con las comunidades
autónomas y las entidades que integran la administración local y las competencias
relativas a la organización territorial del Estado; así como las relaciones con las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y el apoyo a su gestión.
Asimismo, a este Departamento le corresponde la propuesta y ejecución de la
política del Gobierno en materia de memoria histórica y democrática.
2. Dependen del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática los
siguientes órganos superiores y directivos:

3. Como órgano de apoyo y asistencia inmediata a la persona titular del Ministerio
existe un Gabinete, con el nivel orgánico y la composición establecida en el artículo 23.2
del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 2. Secretaría de Estado de Política Territorial.
1. La Secretaría de Estado de Política Territorial es el órgano superior del
Departamento al que corresponde, bajo la superior dirección de la persona titular del

cve: BOE-A-2024-5481
Verificable en https://www.boe.es

a) La Secretaría de Estado de Política Territorial.
b) La Secretaría de Estado de Memoria Democrática.
c) La Secretaría General de Coordinación Territorial.
d) La Subsecretaría de Política Territorial y Memoria Democrática.
e) El Comisionado especial para la Reconstrucción de la isla de La Palma, con
rango de Subsecretaría.