V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2024-10018)
Extracto de la Resolución de 18 de marzo del 2024, del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos dentro de la Intervención Sectorial Apícola, en el marco del plan estratégico de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Miércoles 20 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 14766

igual que en el punto anterior, aquellos a los que resulte de aplicación la Ley de
Contratos del Sector Público, deberán cumplir con dicha normativa, en la
adjudicación de los contratos.
3º. Centros tecnológicos: los centros de innovación y tecnología reconocidos
según el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los
Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de
ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, y cuya propiedad u órgano de
gobierno no sea mayoritaria de las Administraciones públicas.
Segundo. Finalidad:
La finalidad última de las presentes ayudas es mejorar las condiciones
generales de producción y comercialización de los productos apícolas en nuestro
país, a través de la consecución de dicha intervención en el sector.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden APA/111/2024, de 8 de febrero, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de
investigación aplicada en el sector apícola y sus productos, dentro de la
Intervención Sectorial Apícola, en el marco del Plan Estratégico de la Política
Agrícola Común. (BOE n.º 38 de 13 de febrero de 2024)
Cuarto. Cuantía:
La cuantía máxima de la ayuda no superará la cantidad de 300.000 euros por
proyecto subvencionable y convocatoria en el caso de proyectos plurianuales de
tres años de duración, 200.000 euros en el caso de dos años, o de 100.000 euros
en el caso de los proyectos con un año de duración, salvo que la dotación
presupuestaria permitiese la aprobación de proyectos por un presupuesto superior.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles contados
desde el día en que surta efectos la publicación del extracto de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 18 de marzo de 2024.- La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria O.A., María José Hernández Mendoza.

cve: BOE-B-2024-10018
Verificable en https://www.boe.es

ID: A240012311-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X