II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-5451)
Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral con la categoría de Titulado/a de Grado Medio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Martes 19 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 32163

A efectos de notificación y comunicación con la persona incluida en la bolsa de
empleo que se trate, se considerarán los datos e información señalados por los/as
opositores/as en el modelo de solicitud para la participación en este proceso selectivo.
Admisión de personas aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universidad de
Jaén dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y
excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las
listas completas de personas admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las
causas de exclusión, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de
la fase de oposición.
Serán excluidos/as aquellos/as aspirantes que no aporten la documentación
detallada en la base 3.5 de esta convocatoria o presenten la solicitud fuera de plazo.
4.2 Las personas que figuren excluidas u omitidas provisionalmente dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para la subsanación de
errores mediante la realización de las alegaciones y presentación de documentación
acreditativa que a su derecho convenga.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus
datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas.
Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Transcurrido el plazo de alegaciones y presentación de documentación
acreditativa, el rector de la Universidad de Jaén dictará resolución declarando aprobada
la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, la cual se publicará en el tablón de
anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/
tablon), y a título informativo, en la página web del Servicio de Personal.
En la resolución por la que se aprueba la lista definitiva se decidirá acerca de las
alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su
exclusión u omisión en la lista provisional, y su publicación servirá de notificación a
quienes hayan hecho dichas alegaciones.
4.4 La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa.
Contra la citada resolución, de acuerdo con los artículos 38.4 de Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y 196.1
del Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad de Jaén, podrá interponerse, potestativamente, en el plazo de un mes desde
el día siguiente a su publicación, recurso de reposición ante el rector de la Universidad
de Jaén, de acuerdo a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
igualmente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción Contenciosoadministrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, teniendo en cuenta que no se
podrá interponer este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de
reposición o se haya producido su desestimación presunta, en caso de haberlo
interpuesto.

cve: BOE-A-2024-5451
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