II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-5451)
Resolución de 8 de marzo de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral con la categoría de Titulado/a de Grado Medio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 32162

3.4 Las personas aspirantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual
o superior al 33 %, y necesiten adaptaciones de medios y tiempo para la realización de
los correspondientes ejercicios, deberán indicarlo en su solicitud de participación.
A tal fin, deberán aportar, junto a la solicitud, dictamen técnico facultativo acerca de
la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración
que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación
que corresponde a la persona interesada en cada uno de los ejercicios según sus
circunstancias personales. El tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y
decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio.
3.5 A la instancia se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI). La persona aspirante que
no posea el DNI, deberá aportar junto a su solicitud copia de su documento de
identificación o pasaporte.
b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria.
c) Justificante de haber abonado los derechos de examen a que se refiere la
base 3.6.
3.6 Los derechos de examen de esta oposición serán de 25 euros, que se
ingresarán por los/as solicitantes en la cuenta a nombre de la Universidad de Jaén
abierta en la entidad bancaria Caja Rural de Jaén, número de cuenta ES79 3067 0109
33 1150653028, indicando en el correspondiente ingreso: Oposición TGM (Divulg.
Cient.); o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de
examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación de acuerdo con lo expresado en la presente convocatoria.
3.7 Estarán exentos del pago de los derechos de examen las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acompañar a su solicitud de
participación los documentos acreditativos de esta situación.
3.8 La devolución de los derechos de examen procederá cuando las personas
aspirantes hayan sido excluidas definitivamente del proceso selectivo. A tal efecto, será
necesario solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar
inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta
bancaria en la que ha de realizarse la transferencia de devolución.
3.9 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente a las personas
interesadas se practicarán, preferentemente, a través de la dirección de correo
electrónico señalada en la solicitud.
3.10 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.11 Aquellos/as participantes en el proceso selectivo que deseen ser incluidos/as
en la bolsa de empleo para la selección de personal con carácter temporal al objeto de
ofrecer cobertura a aquellas necesidades futuras de personal, con carácter de
interinidad, que se produzcan en puestos de trabajo con tareas similares a las propias de
la categoría profesional objeto de la presente convocatoria, deberán hacerlo constar
expresamente mediante su puesta de manifiesto en al apartado habilitado para tal
finalidad en el modelo de solicitud de participación en este proceso selectivo.
El régimen de funcionamiento de la correspondiente bolsa de empleo se vertebra en
torno a los distintos acuerdos adoptados por la Universidad de Jaén al respecto y demás
normativa de aplicación.

cve: BOE-A-2024-5451
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 69