III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-5463)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad accidental de Madrid n.º 18 a inscribir la adjudicación de determinados inmuebles mediante acuerdo transaccional de liquidación de sociedad de gananciales homologado judicialmente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Martes 19 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 32264

quien se atribuyó el uso de la vivienda (que es quien puede dejar sin efecto la indicada
restricción si consiente, en su caso, la disposición sobre la vivienda -ex artículo 96.3 del
Código Civil-), no debe impedirse la inscripción de la adjudicación dominical a la
exesposa si esta lo solicita, lo que no es óbice a la subsistencia del referido derecho de
uso siquiera sea sin la oponibilidad de dicha restricción como consecuencia de su falta
de acceso al registro de la propiedad.
En consecuencia, habida cuenta de esas concretas y peculiares circunstancias que
han quedado reseñadas, entre ellas el hecho de que el título que se presenta a
inscripción no es el convenio regulador aprobado judicialmente, sino que es el auto,
dictado el día 30 de noviembre de 2010, de homologación judicial de un acuerdo
transaccional de liquidación de la sociedad de gananciales, no hay obstáculo alguno
para la inscripción solicitada por la ahora recurrente.
Esta Dirección General ha acordado estimar el recurso y revocar la calificación
impugnada.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-5463
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de febrero de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X