III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-5460)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Málaga n.º 10 a inscribir una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Martes 19 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5460

Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Málaga n.º 10 a inscribir una escritura de
compraventa.

En el recurso interpuesto por doña María Nieves García Inda, notaria de
Benalmádena, contra la negativa del registrador de la Propiedad de Málaga número 10,
don Juan Francisco Ruiz-Rico Márquez, a inscribir una escritura de compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 29 de septiembre de 2023 por la notaria de
Benalmádena, doña María Nieves García Inda, con el número 1.858 de protocolo, se
formalizó determinada compraventa. En representación de la sociedad compradora
(Crosslands Housing Limited) intervenía un apoderado del que la notaria autorizante de
la escritura afirmaba lo siguiente: «Acredita su representación en virtud del poder
especial otorgado por don L. A. H. como Administrador único de dicha entidad,
autorizado por el Notario de Londres, don Manuel Jesús Doña Martín el día 22 de junio
de 2022, número 69/2022 de protocolo, manifestando que las facultades conferidas no le
han sido suspendidas, revocadas ni anuladas, y que continua la vida legal de su
representada y que no han variado los datos identificativos de la misma antes
mencionados. Me exhibe dicho poder, redactado a doble columna en inglés y español
debidamente apostillado; resultando concedidas facultades especiales para comprar
cualquier bien inmueble sito en España, siendo, a mi juicio, las facultades
representativas acreditadas y la forma en que lo han sido, suficientes para el
otorgamiento de la escritura a que este instrumento se refiere».
II

«Visto por Juan Francisco Ruiz-Rico Márquez, Registrador titular del Registro de la
Propiedad número diez de Málaga, el procedimiento registral identificado con el número
de entrada 5340/2023, iniciado como consecuencia de presentación en el mismo
Registro, de los documentos que se dirán, en virtud de solicitud de inscripción. En el
ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos presentados,
obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:
Hechos.
I. El documento objeto de la presente calificación es el siguiente: escritura otorgada
el día veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés, ante el Notario de Benalmádena,
Málaga, doña María Nieves García Inda, número 1.858 de su protocolo, que se presentó
en este Registro telemáticamente a las 12:53 horas del día veintinueve de septiembre de
dos mil veintitrés, según el asiento número 290 del Diario 138.

cve: BOE-A-2024-5460
Verificable en https://www.boe.es

Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Málaga número 10, fue
objeto de la siguiente nota de calificación: