III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-5457)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Güímar, por la que se suspende la inscripción de una escritura de coordinación de descripción literaria de finca según su realidad física y de declaración de obra nueva finalizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Martes 19 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5457

Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Güímar, por la que se suspende la inscripción
de una escritura de coordinación de descripción literaria de finca según su
realidad física y de declaración de obra nueva finalizada.

En el recurso interpuesto por doña E. F. R. E. contra la calificación del registrador de
la Propiedad de Güímar, don Rafael Linares Linares, por la que suspende la inscripción
de una escritura de coordinación de descripción literaria de finca según su realidad física
y de declaración de obra nueva finalizada.
Hechos
I
En escritura otorgada el día 18 de abril de 2023 ante el notario de Santa Cruz de
Tenerife, don Nicolás Quintana Plasencia, como sustituto de su compañero de residencia,
don Antonio Navarro Pascual de Riquelme, con el número 978 de protocolo, se solicitaba
la rectificación de la descripción y superficie de la finca registral número 15.986 del término
municipal de Güímar, e inscripción de la representación gráfica conforme a un informe de
validación gráfica frente a parcelario catastral expedido el día 7 de marzo de 2023 con
código seguro de verificación, que se testimoniaba, conforme al procedimiento del
artículo 199 de la Ley Hipotecaria. Asimismo, se declaraba una obra nueva.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Güímar, y tras
la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:

Primero. En escritura otorgada el dieciocho de abril de dos mil veintitrés, ante el
notario de Santa Cruz de Tenerife, don Nicolás Quintana Plasencia, como sustituto de
don Antonio Navarro Pascual de Riquelme, bajo el número 978 de protocolo, se solicita
la rectificación de la descripción y superficie de la finca 15986 del término municipal de
Güímar, e inscripción de la representación gráfica conforme a un informe de validación
gráfica frente a parcelario catastral expedido el siete de marzo de dos mil veintitrés, con
CSV: (…) que se testimonia, conforme al procedimiento del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria. Asimismo, se declara obra nueva.
Segundo. Se presentó en este Registro de la Propiedad de Güímar a las once
horas y cuarenta minutos del día ocho de agosto de dos mil veintitrés, causando el
asiento 1991 del diario 66 en unión de la acreditación de la presentación al posible pago
del impuesto.
Tercero. El ocho de agosto de dos mil veintitrés se inició el procedimiento
establecido en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria. En los días veintidós, veinticuatro y
veintinueve de agosto, así como el seis de septiembre se recibieron las notificaciones de
los titulares de parcelas catastrales/registrales colindantes, según consta en los acuses

cve: BOE-A-2024-5457
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