II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Notarios, Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2024-5408)
Orden PJC/250/2024, de 6 de marzo, por la que se convoca concurso para la provisión de plazas de notario/a y registrador/a de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, adscritos a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Martes 19 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 31777

presentarlas a través de representante cumpliendo lo previsto en el apartado sexto de la
citada Instrucción.
2. La solicitud podrá presentarse:
1.º En la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, en las direcciones:
https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/comunicaciones-notarios (en el caso de
Notarias y Notarios).
https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/comunicaciones-registradores (en el caso de
Registradoras y Registradores).
2.º Mediante representante, en cuyo caso deberá presentarse en el Registro
General del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en las
direcciones:
https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/comunicaciones-notarios (en el caso de
Notarias y Notarios).
https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/comunicaciones-registradores (en el caso de
Registradoras y Registradores).
3. Las solicitudes para tomar parte en el presente concurso se dirigirán a la Sra.
Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes, y se ajustarán al modelo que figura como anexo I
de esta orden, debiendo presentarse en el plazo de treinta días naturales siguientes a la
publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Este anexo
podrá descargarse de la página Web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes: www.mjusticia.gob.es.
4. Las personas con discapacidad que participen en el concurso podrán pedir la
adaptación de la plaza en el caso de resultar adjudicatarias. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que
tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados, de acuerdo con el artículo 10 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. En cualquier
caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo
se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
5. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para la persona peticionaria, sin que puedan ser objeto de
modificación, aceptándose renuncias hasta la firma de la resolución de adjudicación. La
renuncia de la persona adjudicataria de un puesto supondrá la adjudicación a la
siguiente de mayor puntuación.
Documentación justificativa.

1. Los datos relativos a las circunstancias personales y administrativas de las
personas concursantes, así como los concernientes a los méritos que se aduzcan,
tendrán que acompañarse de los documentos que resulten necesarios para su debida
acreditación y han de ser los que en efecto correspondan a las personas solicitantes en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. A efectos de lo previsto en el apartado anterior, por parte de la Subdirección
General del Notariado y de los Registros se expedirán los certificados oportunos,
acreditativos de las circunstancias de cada concursante, relativas a la condición de llevar
más de cinco años de servicios efectivos en su respectivo cuerpo cuando formalice la
solicitud; a la prestación de servicios previos, duraderos u ocasionales a la Dirección
General, en el caso de que existieran; en el caso de las Notarias y los Notarios, la
categoría respectiva o la antigüedad en la carrera, si ha sido ganada por oposición; así

cve: BOE-A-2024-5408
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.