V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-9896)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 14 de marzo de 2024, en el tramo de costa de unos 2.474 metros de longitud, comprendido entre playa del Inglés a Charco del Conde, en el término municipal de Valle de Gran Rey, Isla de La Gomera (Santa Cruz de Tenerife). DES01/07/38/0001-DES10/01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Martes 19 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 14544

caso, de la concesión indicada en el régimen transitorio de la Ley de Costas, ha de
indicarse que la parcela objeto de la alegación se encuentra fuera del dominio
público marítimo-terrestre, afectada parcialmente por la servidumbre de protección,
quedando el resto de la parcela sin afectación, por lo que no resulta de aplicación
el derecho de concesión.
Por último, en relación a la solicitud de Luisa Rodríguez Cámara, puede
indicarse que la parcela es colindante con la servidumbre de protección, por lo que
no se ve afectada por la misma.
5) Por tanto, la delimitación de los bienes de dominio público marítimo-terrestre
que se define en este expediente de deslinde, se ajusta a los criterios establecidos
en la Ley 22/1988, de 28 de julio, figurando en el mismo la documentación técnica
necesaria que justifica la citada delimitación y sin que las alegaciones o pruebas
presentadas por algunos de los interesados hayan desvirtuado la citada
delimitación.
6) Respecto a los efectos de la aprobación del deslinde referido, son los
previstos en la Ley 22/1988, de 28 de julio, que consisten, sustancialmente, en la
declaración de posesión y titularidad dominical a favor del Estado de los bienes
deslindados, y rectificación en la forma y condiciones determinadas
reglamentariamente de las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el
deslinde aprobado, por lo que procede que por el Servicio Periférico de Costas
instructor del expediente, se realicen las actuaciones correspondientes en dicho
sentido.
7) Sobre la existencia de posibles derechos de particulares que hayan quedado
afectados por este deslinde, cabe manifestar que está prevista su transformación
en derechos de uso en las disposiciones transitorias de la Ley 22/1988, de 28 de
julio.
Por todo lo anterior,
ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO:
I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del
tramo de costa de unos 2.474 metros de longitud, comprendido entre playa del
Inglés a Charco del Conde, en el término municipal de Valle de Gran Rey, Isla de
La Gomera (Santa Cruz de Tenerife), según se define en los planos 3, 3.1, 3.2 y
3.4, suscritos en octubre de 2021 y 3.3, suscrito en agosto de 2023, por el Jefe del
Servicio Periférico de Costas en Tenerife.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a
aquellos titulares de terrenos incluidos en el dominio público marítimo-terrestre,
que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la
disposición transitoria primera de la Ley 22/1988, de 28 de julio.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los
interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes

cve: BOE-B-2024-9896
Verificable en https://www.boe.es

II) Ordenar al Servicio Periférico de Costas en Tenerife que inicie las
actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales
contradictorias con el deslinde aprobado.