III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-5250)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Fundación Atef Omaïs, para la colaboración en la convocatoria de lectorados MAEC-AECID curso 2024-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Sábado 16 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 31187

La convocatoria se anuncia en el «Boletín Oficial del Estado» y se publica en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en la sede electrónica de la AECID.
Asimismo, se difunde a las Embajadas de España, y a través de cualesquiera otros
medios para garantizar su adecuada difusión.
Segunda.

Compromisos económicos y obligaciones financieras.

2.1 La Fundación, a través de este convenio, contribuirá con la financiación
de 6.000 euros para la dotación del lectorado de la Universidad Alassane Ouattara de
Bouake, del 1 de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2025, por los importes que se
detallan durante el curso 2024-2025.
Dotación

Mensualidad.

Cuantía euros Meses 2024 Gasto 2024 Meses 2025 Gasto 2025

500

4

Total.

2.000

8

2.000

4.000
4.000

La Fundación abonará la cantidad citada en la cuenta bancaria a nombre de la
AECID, cuyos datos se indican a continuación.
Entidad: Banco de España.
Titular: Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Código De Cuenta: ES 64 9000 0001 20 0200003247.
La Fundación ingresará su aportación de 6.000 euros del 1 de octubre al 30 de
noviembre de 2024.
2.2 De acuerdo con la convocatoria, la AECID financiará una parte del lectorado de
la Universidad Alassane Ouattara de Bouake, del 1 de septiembre de 2024 al 31 de
agosto de 2025, por las cuantías que se detallan en el siguiente cuadro:
Cuantía euros

Mensualidad.

2.060

Ayuda complementaria para la incorporación presencial (única).

1.000

Ayuda para formación (única).

200

Ayuda material (única).

250

Como se indica en la convocatoria, apartado 8 y anexo I, el gasto del citado lectorado
se imputa al crédito presupuestario 12.302.143A.486.03.
La AECID, en cumplimiento de los apartados de la citada convocatoria, efectuará el
pago de la dotación a su cargo directamente al lector.
En la ejecución del contenido del presente convenio, cada parte soportará los tributos
que se puedan devengar y sean a su cargo según la legislación en vigor.
La AECID se compromete a difundir por cualquier medio la colaboración de la
Fundación en todas las referencias, actos, reseñas periodísticas y publicaciones
relacionadas con el objeto del presente convenio.
La Fundación tendrá el derecho de difundir por su cuenta las actuaciones llevadas a
cabo con motivo de su colaboración en la convocatoria.
En caso de utilizar los logotipos de la AECID y de la Fundación, dichos logotipos
deberán ser todos del mismo tamaño en todos los documentos, publicaciones e
información de cualquier tipo relacionados directamente con la convocatoria. La
Fundación accederá, previamente a su publicación, a las imágenes, documentación o
actuaciones en las que esté presente su imagen corporativa. En consecuencia, la AECID
someterá a la aprobación previa de la Fundación, los lugares y características de

cve: BOE-A-2024-5250
Verificable en https://www.boe.es

Dotación