V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2024-9050)
Resolución de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Lleida, por la que se otorga a la empresa Edistribución Redes Digitales, S.L.U., la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública para la nueva línea aérea de 25 kV para realizar la unión de las líneas "Bellpuig.1" y "Segre.2" entre las derivaciones a los CT W1119 y W5096, en los términos municipales de Castellnou de Seana y Bellpuig (exp. FUE-2022-02732409).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de marzo de 2024

Sec. V-B. Pág. 13454

El Ayuntamiento de Castellnou de Seana no emite informe, por lo que,
transcurrido el plazo otorgado este se considera favorable.
El Ayuntamiento de Bellpuig informa favorablemente con consideraciones
sobre el cumplimiento del POUM y de otras recogidas en su informe.
El Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalitat de
Catalunya, Servicios Territoriales de Carreteras da respuesta indicando que el
promotor previamente a empezar las obras, tendrá que solicitar el correspondiente
permiso al Departamento de Política Territorial y Obras Públicas y aceptar los
condicionantes impuestos.
En cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, el anuncio de información pública se ha comunicado a los
ayuntamientos de los términos municipales en los cuales radican los bienes y
derechos afectados por esta instalación, para su exposición al público por un
periodo de 30 días, a fin de que se pudiera comprobar la existencia de errores en
relación mencionada, así como formular las alegaciones que fueran procedentes,
de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del Real Decreto 1955/
2000, de 1 de diciembre.
Se ha notificado individualmente a los titulares incluidos en la relación de
bienes y derechos afectados, las correspondientes separatas y el anuncio de
información pública, a fin de que pudieran formular las alegaciones que
consideraran procedentes.
Diferentes titulares han presentado alegaciones sobre cambios de trazado,
naturaleza de los cultivos, y/o nuevos datos de notificación. En concreto, la Sra.
María de Pilar Bach Miralles pide un cambio de trazado de la línea entre los
soportes TM12 y TM13. En respuesta, ERD informa que, el trazado y la ubicación
de la línea eléctrica se fundamenta en criterios funcionales, técnicos y de mínima
afectación de ocupación en las fincas y que, el trazado propuesto por la Sra. Bach
no cumple con los condicionados técnicos del vigente Reglamento de Líneas de
Alta Tensión. Por otra parte, el Sr. Honesto Ayguadé Amoroso, cuestiona la
declaración de utilidad pública del proyecto e incide en el perjuicio económico que
el paso de la línea ocasionará en sus terrenos. ERD informa que, la tramitación del
expediente sigue el procedimiento reglamentario establecido legalmente, que, la
instalación eléctrica se proyecta con la mínima afectación de ocupación y
servidumbre y que, el trazado proyectado no afectará a la funcionalidad de sus
terrenos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Visto el procedimiento seguido, según las indicaciones establecidas en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en el Decreto 351/1987, de 23 de
noviembre.
Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen
jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Ley 26/2010 de 3
de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas
de Catalunya,

cve: BOE-B-2024-9050
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Núm. 66