II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Destinos. (BOE-A-2024-5082)
Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Dirección General de Justicia, de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
5082

Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Dirección General de Justicia, de la
Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes,
por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno
libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022,
de 7 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, se ha resuelto adjudicar destinos en los
órganos judiciales y fiscales que se relacionan en el anexo I a los/las funcionarios/as
del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre) nombrados/as
funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por
Orden de 6 de marzo de 2024, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los/Las funcionarios/as del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia a los/las que se les otorga destino deberán tomar posesión de
su cargo en el correspondiente departamento/delegación territorial de la Vicepresidencia
Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes dentro del plazo de veinte (20)
días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el
«Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado
real decreto y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/Las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta resolución que pertenezcan ya
al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar
en activo en alguno de dichos cuerpos no será necesario que se desplacen a tomar
posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de
posesión señalado en el apartado primero comuniquen, en su caso, a la gerencia territorial
correspondiente o al órgano competente de las comunidades autónomas con traspasos
recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de la excedencia voluntaria prevista
en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Una copia
de la resolución por la que se les declara en situación de excedencia voluntaria será
remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y
Promoción del Personal de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo Tramitación
Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios
en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la gerencia
territorial, o del órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente a su

cve: BOE-A-2024-5082
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Segundo.