II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Destinos. (BOE-A-2024-5084)
Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
5084

Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos
Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno
libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022,
de 7 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los funcionarios del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de carrera
del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 6 de marzo de 2024,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su
cargo en la Viceconsejería de Justicia del Principado de Asturias, dentro del plazo de
veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en
el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado
Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.
Los funcionarios destinados en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya al
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar
en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar
posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de
posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Viceconsejería
de Justicia del Principado de Asturias, a los efectos de declaración de excedencia
voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial, copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia
voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de
Acceso y Promoción del personal de la Administración de Justicia.

En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación
Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios
en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia
Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay
cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de
desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá

cve: BOE-A-2024-5084
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Tercero.