III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-5212)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Desarrollos Renovables Iberia Gamma, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico "Prada", de 168 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en O Barco de Valdeorras, A Veiga, Petín, Carballeda de Valdeorras, Larouco, A Pobra de Trives y San Xoán de Río (Ourense) y Quiroga (Lugo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 31051

Con fecha 14 de febrero de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Galicia,
complementado posteriormente. En dicho informe queda recogido el resultado de la
tramitación completa derivada de ambos procedimientos de información pública.
Con fecha 18 de abril de 2023, tiene entrada escrito del promotor en esta Dirección
General solicitando la devolución de la garantía y posterior archivo del expediente
PEol-403, por la imposibilidad de continuar con la tramitación del mismo por una causa
no imputable a la Sociedad.
Cuarto.

Evaluación de impacto ambiental practicada.

Con fecha 18 de febrero de 2023 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 30 de
marzo de 2023, Resolución por la que formula Declaración de Impacto Ambiental
desfavorable para el proyecto parque eólico «Prada», y su infraestructura de evacuación
asociada, concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos
significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y
compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la
adecuada protección del medio ambiente (en adelante, Declaración de Impacto
Ambiental desfavorable). La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente
enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/04/15/pdfs/BOE-A-2023-9277.pdf.
Quinto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisión de
Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de
Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la Subestación Trives 220 kV, propiedad
de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha 19 de enero de 2024 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se declara la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Con fecha 12 de febrero de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto.
El promotor, con fecha 1 de marzo de 2024, responde al trámite de audiencia
solicitando el reconocimiento de su derecho a recuperar la garantía y a su inmediata
devolución, por considerar que el incumplimiento de los plazos establecidos en el Real
Decreto-ley 23/2020 fue causada por motivos ajenos a la Sociedad derivados de la
obtención de una Declaración de Impacto Ambiental desfavorable.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente resolución.

cve: BOE-A-2024-5212
Verificable en https://www.boe.es

Sexto. Trámite de audiencia.