III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-5210)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo de la integración del ferrocarril en Vitoria-Gasteiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de marzo de 2024

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conectados, por lo que cualquier impacto sobre una zona determinada se extiende
rápidamente al conjunto de ecosistemas presentes. La conexión actual es fácil y
continua a través de los campos de cultivo, los robledales isla, la vegetación ribereña y la
lámina de agua (dado que cada pocos años la zona se inunda), de manera que estas
zonas están catalogadas como Corredores Ecológicos del Territorio Histórico de Álava.
En este sentido, destaca que el principal impacto del T02 es debido al efecto barrera de
las sucesivas plataformas que bordean la ZEC/ZEPA Salburua e interceptan sus arroyos
tributarios, proponiéndose terraplenes excesivamente largos y de alturas superiores a 10
m que merman y pueden llegar a impedir la permeabilidad ecológica, ya que además se
afecta principalmente a los Corredores Ecológicos previamente identificados. Asimismo,
indica que una parte considerable (más de 5 ha) de la ZEC Robledales Isla quedaría
encajonada en el centro de una infraestructura triangular en el T02, encerrándose entre
plataformas sucesivas dicho robledal y siendo totalmente insuficientes los pasos de
fauna proyectados. Además, se limita notablemente la conexión ecológica del Robledal
Isla de Maumea con el de Mendiluz y muy especialmente con la ZEC/ZEPA Salburua. En
consecuencia, este organismo valora que «se afecta seriamente la integridad de la Red
Natura 2000», de manera que considera necesario adoptar modificaciones en el
proyecto que permitan evitar el efecto barrera y garantizar la protección de los espacios y
de la fauna y flora del entorno, así como el mantenimiento adecuado de los procesos
ecológicos.
Respecto a los requerimientos técnicos que implica el cambio de paridad en el T02,
la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava señala que
afecta muy seriamente a la integridad de la Red Natura 2000 tanto en la ZEC/ZEPA de
Salburua como en la ZEC Robledales Isla, con gran dificultad de reducirse
significativamente mediante medidas correctoras, a lo que el promotor responde que la
complejidad del nudo no se reduciría si se eliminase el cambio de paridad del nudo de
Arkaute. Por otro lado, respecto a las afecciones sobre la fauna, en especial sobre el
galápago leproso, a la rana ágil y especialmente la magnitud del impacto sobre el visón
europeo, el citado organismo destaca que la construcción de sucesivas barreras limitaría
los movimientos de la fauna terrestre y particularmente semiacuática, que utilicen
fundamentalmente los arroyos y zonas cultivadas. Por último, propone una serie de
prescripciones con objeto de reducir los impactos ambientales previstos.
El promotor responde a las distintas medidas prescritas por el organismo, indicando
aquellas que se analizarán en fases posteriores (recogidas en su mayoría en la
«Información adicional sobre Red Natura 2000») y aquellas que no es factible
implementar, entre las que destacan el aumento de las dimensiones de las ODT del
arroyo Errekaleor, del arroyo Santo Tomás y del arroyo Cerio, el reajuste del viaducto
San Lorenzo 4 y la ampliación de las soluciones en viaducto a partir del P.K. 4+750 en el
entorno de Zurbano.
La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco, en su
primer informe, indica que se trata de una solución viaria muy compleja en una zona de
gran fragilidad, por lo que propone el traslado del cambio de paridad a otra zona y una
nueva alternativa al nudo de Arkaute, a lo que el promotor responde en el mismo sentido
que a la Diputación Foral de Álava. Además, considera insuficiente el análisis de
impactos sobre Salburua destacando su importancia como zona de refugio y paso.
Señala una afección apreciable sobre la ZEC/ZEPA Salburua, al interrumpir su conexión
ecológica con otros espacios naturales del entorno. En relación con la ZEC Robledales
Isla, indica que se genera una afección importante sobre el Robledal Isla de Maumea, ya
que queda «encerrado» en una suerte de triángulo viario que establece una importante
barrera en torno al Robledal Isla, indicando que se genera una afección apreciable sobre
este espacio, tanto en fase de construcción como en fase de explotación. La Dirección
de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco valora lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley 42/2007 y señala que las medidas compensatorias propuestas por
el promotor no son suficientes para garantizar la coherencia global de la Red
Natura 2000. Concluye señalando la afección apreciable del T02 sobre los espacios

cve: BOE-A-2024-5210
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Núm. 66