III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-5206)
Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de A Coruña.
7 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Viernes 15 de marzo de 2024
Sec. III. Pág. 30969
computarán todas las capturas realizadas por los barcos de volanta con este arte,
incluidas las realizadas desde el 1 de enero de 2024, y será gestionada de forma global.
Quinto.
Se reserva por último el 39 % de la cuota provincial, 307.067 kg, a pesca accesoria
de caballa para los barcos distintos de la modalidad de volanta, siendo esta cantidad
gestionada de forma global.
Para esta pesca accesoria se establecen un tope de captura de 3.000 kg por
embarcación al mes.
Sexto.
En aplicación del artículo 7.4.b) de la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre,
relativo al seguimiento y control de la cuota, para la pesquería de caballa el control se
realizará sobre la cuota anual de que disponga cada provincia.
Séptimo.
Esta resolución será de aplicación para la campaña de 2024.
Octavo.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 13 de marzo de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida y topes de captura en kilos de
caballa para la campaña 2024
Tope común de 2.000 kg por semana (buques con 1,00 tripulante)
Nombre buque
CFPO
A CORUÑA.
SAN PEDRITO.
2288
CAMARIÑAS.
MAR DE EMMA.
58544
CAMELLE.
CARMEN.
53446
CAMELLE.
DOS CUÑADOS.
57572
CAMELLE.
ESTEBAN.
100530
CAMELLE.
MARIMAR.
56510
CAMELLE.
PESCADORA.
5661
CAMELLE.
PLAYA DE AROU.
57347
CAMELLE.
SARA.
57423
CORCUBIÓN.
CAMARNOTI.
100409
CORCUBIÓN.
PANTALLEIRO DOS.
26888
FINISTERRE.
A CHARCA.
58957
cve: BOE-A-2024-5206
Verificable en https://www.boe.es
Puerto base
Núm. 66
Viernes 15 de marzo de 2024
Sec. III. Pág. 30969
computarán todas las capturas realizadas por los barcos de volanta con este arte,
incluidas las realizadas desde el 1 de enero de 2024, y será gestionada de forma global.
Quinto.
Se reserva por último el 39 % de la cuota provincial, 307.067 kg, a pesca accesoria
de caballa para los barcos distintos de la modalidad de volanta, siendo esta cantidad
gestionada de forma global.
Para esta pesca accesoria se establecen un tope de captura de 3.000 kg por
embarcación al mes.
Sexto.
En aplicación del artículo 7.4.b) de la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre,
relativo al seguimiento y control de la cuota, para la pesquería de caballa el control se
realizará sobre la cuota anual de que disponga cada provincia.
Séptimo.
Esta resolución será de aplicación para la campaña de 2024.
Octavo.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 13 de marzo de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida y topes de captura en kilos de
caballa para la campaña 2024
Tope común de 2.000 kg por semana (buques con 1,00 tripulante)
Nombre buque
CFPO
A CORUÑA.
SAN PEDRITO.
2288
CAMARIÑAS.
MAR DE EMMA.
58544
CAMELLE.
CARMEN.
53446
CAMELLE.
DOS CUÑADOS.
57572
CAMELLE.
ESTEBAN.
100530
CAMELLE.
MARIMAR.
56510
CAMELLE.
PESCADORA.
5661
CAMELLE.
PLAYA DE AROU.
57347
CAMELLE.
SARA.
57423
CORCUBIÓN.
CAMARNOTI.
100409
CORCUBIÓN.
PANTALLEIRO DOS.
26888
FINISTERRE.
A CHARCA.
58957
cve: BOE-A-2024-5206
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Puerto base