II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Destinos. (BOE-A-2024-5080)
Orden de 6 de marzo de 2024, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
5080

Orden de 6 de marzo de 2024, del Departamento de Igualdad, Justicia y
Políticas Sociales, por la que se otorga destino al personal funcionario del
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de
Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden
JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los/las funcionarios/as del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados/as funcionarios/as de
carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 6 de marzo
de 2024, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los/las funcionarios/as del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su
cargo ante el Director de la Administración de Justicia o personal funcionario en quien
delegue en la EAT de Álava, Bizkaia o Gipuzkoa, según el territorio al que corresponda el
destino adjudicado, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente
al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo
establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.

Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta orden, que pertenezcan
ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por
continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será necesario que se
desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que
dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen,
en su caso, a la Dirección de la Administración de Justicia dicha opción, a los
efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la resolución por la
que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro
Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal
de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus
servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Dirección de la
Administración de Justicia o de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como

cve: BOE-A-2024-5080
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.