III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Subvenciones. (BOE-A-2024-5203)
Acuerdo de 19 de febrero de 2024, del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva para la rehabilitación de edificios y viviendas en el casco antiguo de Cuenca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Viernes 15 de marzo de 2024
Disposición adicional tercera.

Sec. III. Pág. 30948

Coeficientes de ponderación a la Renta familiar (RF).

La ponderación de los ingresos familiares se realizará multiplicando por los
siguientes coeficientes:
Número miembros unidad familiar Coeficiente ponderación

2

0,95

3

0,89

4

0,83

Para cada miembro adicional a partir de cuatro, el valor de ponderación se
reducirá 0,02.
En caso de que el solicitante o alguno de los miembros de su unidad familiar tenga la
condición de minusválido, en los términos establecidos por la legislación del impuesto
sobre la renta de las personas físicas, se aplicará el coeficiente correspondiente al tramo
siguiente al que corresponda por su composición familiar.
Disposición adicional cuarta.

Convenios.

Podrán acogerse a las ayudas reguladas en estas bases las actuaciones de
rehabilitación de inmuebles destinados a usos de interés público, social o cultural, a
través del correspondiente convenio con el Consorcio, en el que se determinará en cada
caso la cuantía y condiciones de las ayudas. La cuantía de las subvenciones no podrá
exceder de los máximos que resulta de aplicar lo previsto en el artículo 6.
Disposición adicional quinta.

Reiteración de solicitudes.

No se admitirán a trámite solicitudes referidas a actuaciones de rehabilitación que
hayan recibido ayudas del Consorcio mientras no transcurra el plazo de cinco años
desde la fecha de concesión definitiva de las ayudas anteriores, salvo que no se refieran
al mismo tipo de intervención para el que se obtuvo la subvención y no superen el límite
máximo subvencionable, según lo dispuesto en el artículo 17.3 de las presentes bases.
Disposición final única.

Aprobación de los modelos de solicitud y concesión de ayudas.

Se faculta al Gerente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca a aprobar mediante decreto
los modelos de solicitud y justificación de las ayudas previstas en las presentes bases.
Cuenca, 19 de febrero de 2024.–El Presidente del Consejo de Administración del
Consorcio de la Ciudad de Cuenca, Darío Francisco Dolz Fernández.
ANEXO I

Módulo unitario de rehabilitación (MR) es el valor tipo expresivo del coste medio de
ejecución material por metro cuadrado estimado por el Consorcio para su actuación en el
casco antiguo de Cuenca. Se fija en la Disposición adicional segunda de las bases.
Las Normas para la valoración de presupuestos de referencia de ejecución material,
publicadas por el Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla-La Mancha actualización para
el año 2023, fijan el valor del Módulo de referencia general (M), en 430 euros, el cual,
ponderado según unos coeficientes debidos al tipo y las condiciones particulares de la

cve: BOE-A-2024-5203
Verificable en https://www.boe.es

Cálculo del Módulo unitario de rehabilitación