III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5049)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del Convenio colectivo de Avis Alquile un Coche, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

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La dotación en el año 2024 de la bolsa de formación para efectuar cursos será
de 64.531,26 euros, con un máximo de formación por empleado/año de 2.000
euros anualmente.
La formación irá dirigida a Inglés, Francés, Alemán, Informática, Contabilidad
General, así como la referida a Regímenes fiscales y nóminas y seguros sociales,
así como seguridad y salud laboral y titulaciones universitarias o de formación
profesional. En el caso de que existiera remanente un año se acumulará al
siguiente. Las condiciones de acceso a los beneficios del plan serán establecidas
por la comisión paritaria.
La Empresa y la Representación de las personas Trabajadoras entienden que,
como regla general, toda persona, para mantener su productividad y
competitividad dentro de la Compañía, tiene que reciclarse y actualizarse
profesionalmente, lo que conduce a la importancia de la Formación Profesional,
siendo indiferente, de entrada, la tarea a desarrollar».
Decimocuarto.

Canon de representación.

En relación con esta materia, se acuerda modificar la redacción del artículo 53 del
convenio colectivo que queda como sigue:
«Artículo 53.

Canon de representación.

Para atender económicamente la gestión de los Representantes de los
Trabajadores, el personal afectado por este convenio que lo desee podrá contribuir
con la cantidad anual de 25 euros en 2024.
Dicha contribución voluntaria podrá ser hecha efectiva por las personas
trabajadoras conformes con ella, bien directamente al Secretario del Comité
Intercentros, bien mediante la detracción de su importe de la nómina del mes de
julio de cada año, previa autorización expresa y escrita, por carta dirigida, antes
del 31 de mayo inmediato anterior, al Área de RR. HH de “Avis Alquile un Coche,
SAU”, con copia al Secretario del Comité Intercentros.
Las autorizaciones emitidas con anterioridad a la firma del presente convenio
conservarán su validez mientras no sean revocadas expresamente y por escrito
por los interesados, mediante carta dirigida al Área de RRHH, con copia al
Secretario del Comité Intercentros, con anterioridad al día 30 de junio de cada
año».
El presente acuerdo de prórroga y modificación, cumpliendo los requisitos legales,
será presentado para registro y publicación en los términos del artículo 90 de la vigente
Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 6.1.a) del Real Decreto 713/2010, de
Registro y Depósito de Convenio y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de 28 de mayo
de 2010. Expresamente se designa por ambas partes a doña Gema Escolano Ferrer
para el registro del presente acuerdo ante la Dirección General de Empleo en el plazo
de 15 días.

cve: BOE-A-2024-5049
Verificable en https://www.boe.es

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y de ella el presente
acuerdo que, una vez leído y encontrado conforme lo firman los asistentes en el lugar y
fecha arriba indicados.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X