III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-5046)
Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Frit Ravich, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
5046

Resolución de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Frit Ravich, SL.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Frit Ravich, SL (código de
convenio n.º 90012902012000), que fue suscrito con fecha 24 de noviembre de 2023, de
una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la
misma, y de otra por el Comité intercentros, en representación de los trabajadores
afectados, y finalmente subsanado mediante Acta de fecha 9 de febrero de 2024, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de febrero de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA FRIT RAVICH, SL
Artículo 1. Ámbito funcional.
El presente convenio colectivo regula las relaciones de trabajo entre Frit Ravich,
SL, y todo su personal.
Artículo 2. Ámbito personal.
El presente convenio se aplicará a la totalidad de las personas trabajadoras, que
presten servicios por cuenta ajena y bajo la dependencia de la empresa.
Ámbito geográfico.

El presente convenio será de aplicación en todo el territorio del Estado español.
Artículo 4.

Ámbito temporal. Denuncia y prórroga.

Este convenio colectivo entrará en vigor el 1 de enero del año 2023 y concluirá el 31
de diciembre del 2026. Con tres meses de antelación a la fecha de finalización de su
vigencia cualquiera de los firmantes podrá denunciarlo sin más requisito que la
obligación de comunicárselo a la otra parte de modo escrito, en donde deberán constar
las materias y los criterios de revisión del convenio colectivo que se proponen por la

cve: BOE-A-2024-5046
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3.