III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-5032)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Miranda de Ebro, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Jueves 14 de marzo de 2024

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En la escritura de renuncia consta que «renuncia pura y simplemente al derecho de
usufructo que como cónyuge viudo pueda ostentar sobre cualesquiera bienes o
participación sobre los mismos de la herencia de su esposa que a la misma
correspondieran con carácter privativo como heredera de su padre don R. A. T., en
especial sobre la vivienda (…) consistiendo [sic] la disposición de dichos bienes por parte
de los herederos libre de usufructo universal, que será efectivo sobre otros bienes de la
herencia».
Como reconoce el recurrente, la redacción no es la más acertada pero, ciertamente,
de su lectura resultan claras dos cosas: que renuncia al usufructo sobre la finca que se
vende, y que consiente en la disposición de los bienes que se venden por parte de los
herederos, libres del usufructo universal.
De los artículos 1284, 1285 y 1286 del Código Civil, no puede más que interpretarse
la renuncia hecha por don V. G. R. como una renuncia al usufructo sobre la finca que se
vende y su autorización para venderla libre del usufructo. Por tanto, debe estimarse el
recurso.
Esta Dirección General ha acordado estimar el recurso interpuesto y revocar la
calificación.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-5032
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de febrero de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X