III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-4953)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas, para el desarrollo, seguimiento y potenciación de proyectos de promoción de la Marca España y de internacionalización con marca de empresas española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de marzo de 2024

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personalidades referentes en el ámbito de la proyección internacional de la Marca España.
La Conferencia Anual 2024 se celebrará en el mes de noviembre y supondrá el broche final
a la celebración del 25.º Aniversario del FMRE que se conmemora durante el año 2024.
2. España ES+. Proyecto que incluye la segunda edición de la publicación
periodística España ES+, publicación bilingüe de periodicidad anual, creada en 2023 con
el objetivo de reforzar la imagen internacional de España en su dimensión económica y
empresarial, que muestra España a través de historias en positivo de empresas,
instituciones, proyectos y personas que representan una España actual, creativa, que se
preocupa por el presente, pero que mira al futuro.
Además, España ES+ es también una plataforma online realizada con materiales
digitales periódicos en distintos formatos (infografías, vídeos y presentaciones)
desarrollados con el objetivo de dar a conocer una realidad de España no
suficientemente conocida y reforzar la imagen del país en su dimensión económica y
empresarial a través de la comunicación de casos de éxito y buenas prácticas de marcas
líderes españolas y del propio país.
3. Actividad internacional FMRE. Habiéndose identificado como prioritarios los
mercados de EE. UU. y México se organizarán dos acciones internacionales en 2024, en
las que se reconocerá a los Amigos de la Marca España y de las Marcas Españolas en
las localizaciones seleccionadas en Estados Unidos (Texas o Miami) y/o en México,
organizadas en colaboración con las correspondientes Oficinas Económicas y
Comerciales y con la Cámara de España. Las ceremonias de Amigos de la Marca
España son actos de reconocimiento a aquellas personalidades o instituciones que a lo
largo de los años se hayan destacado por su apoyo a los intereses de España y por su
amistad con nuestro país. Estas ceremonias serán la actividad central pero también se
organizarán actividades empresariales complementarias, como encuentros con la
comunidad directiva española residente en la zona, visitas a empresas norteamericanas
y mexicanas de referencia, una agenda de reuniones con prescriptores o agentes
identificados como de interés, posible actividad promocional de las marcas españolas
con presencia e intereses en dichos mercados, networking con contactos de interés, etc.
Cuando para la organización de actividades en el exterior se solicite la colaboración
de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales, dicha colaboración se enmarcará bajo
el programa de Servicios Personalizados de ICEX y el FMRE realizará a su propio cargo
la contratación de los servicios que requiera en cada actividad, no siendo esos servicios
susceptibles de ser incluidos en el presente convenio.
La enumeración de las actividades mencionadas constituye un marco en el que se va
a desarrollar la colaboración entre las Partes. Por ello, si bien las Partes reconocen que
lo deseable sería dar cumplimiento a todas ellas, se dará prioridad a la realización de
aquellas que con base en un criterio de oportunidad tengan un mayor y mejor impacto en
sus intereses comunes.
Igualmente, también debido a un principio de oportunidad, las Partes pueden
apreciar la necesidad de realizar actividades complementarias directamente relacionadas
con el objeto del presente convenio sobre las indicadas en los puntos anteriores. El
acuerdo para la realización de estas nuevas actividades se tomará conjuntamente por
las Partes en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula cuarta, y
solo será posible si se cumplen los siguientes requisitos:
– Que, las actividades que se acuerden se habrán de encuadrar necesariamente en
las líneas de actuación previstas en el presente convenio; y
– Que, la realización de estas actividades solo será posible si ello no supone
exceder la aportación económica máxima prevista para cada una de las Partes en el
presente convenio.
En el caso de que no sea posible realizar las citadas actividades dando cumplimiento
a estos requisitos, será necesaria la formalización de una adenda de modificación
conforme a lo dispuesto en el presente convenio.

cve: BOE-A-2024-4953
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Núm. 64