I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-4865)
Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 29621

v) La definición de las políticas de desarrollo del servicio postal universal; la
elaboración de las disposiciones de carácter general en materia postal; el seguimiento e
información sobre las políticas comunitarias y las de cooperación al desarrollo en materia
postal; la participación en organizaciones postales nacionales e internacionales, sin
perjuicio de las que corresponden a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia; la resolución de las controversias, quejas y denuncias de los usuarios en
el ámbito del servicio postal universal; el ejercicio de la potestad de inspección y sanción
en materia de su competencia; el sistema de autorizaciones, cobro de tasas postales y la
gestión del Registro General de empresas prestadoras de servicios postales; la
información a los usuarios de las condiciones de prestación de los operadores postales;
la gestión del Consejo Superior Postal, de la Comisión Filatélica del Estado y del
Consejo de la Orden Civil del Mérito Postal y de la Medalla al Mérito Filatélico, y la
propuesta de fijación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la
prestación del servicio postal universal.
2. La Secretaría General Técnica se estructura en los siguientes órganos con nivel
orgánico de subdirección general:
a) La Vicesecretaría General Técnica, a la que corresponde el ejercicio de las
funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en los apartados 1.a), e), m), o), s)
y t).
b) La Subdirección General de Legislación, a la que corresponde el ejercicio de las
funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en los apartados 1.b), c), d) y k).
c) La Subdirección General de Normativa y Estudios Técnicos, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en
los apartados 1.f), g), h) y q).
d) La Subdirección General de Recursos, a la que corresponde el ejercicio de las
funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en el apartado 1.i) y j).
e) La Subdirección General de Régimen Postal, a la que corresponde el ejercicio de
las funciones a que se refiere el apartado 1.v).
3. Dependen asimismo de la Secretaría General Técnica, con el nivel orgánico que
se determine en la relación de puestos de trabajo, la División de Reclamaciones de
Responsabilidad Patrimonial, a la que corresponde el ejercicio de las funciones
atribuidas a la Secretaría General Técnica en el apartado 1.n), y el Centro de
Publicaciones, al que corresponde el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretaría
General Técnica en el apartado 1.p).
Artículo 14. Dirección General de Programación Económica y Presupuestos.
1. La Dirección General de Programación Económica y Presupuestos ejerce las
siguientes funciones:
a) La elaboración del anteproyecto de presupuesto del Departamento, la
coordinación de la elaboración de los presupuestos de sus entidades dependientes y la
trasmisión de todos ellos al Ministerio de Hacienda, en la forma reglamentariamente
establecida al efecto.
b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación presupuestaria del
Departamento y sus entidades dependientes.
c) El informe y la prestación de asistencia técnica en materia presupuestaria, así
como las demás funciones encomendadas a la Oficina Presupuestaria por el Real
Decreto 2855/1979, de 21 de diciembre.
d) La coordinación de la elaboración y actualización del Plan Estratégico de
Subvenciones de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
e) El seguimiento de las aportaciones a realizar por las entidades dependientes del
Departamento para la financiación de los trabajos de conservación o enriquecimiento del

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